Según un estudio, los españoles a partir de los 50 años empiezan a preocuparse por su jubilación y cómo llegar a cobrar el 100% de la pensión. Según la reforma de las pensiones, la edad ordinaria de jubilación en 2023, para conseguir ese 100%, se sitúa en los 65 años para quienes han cotizado 37 años y 9 meses o más. En caso contrario, la edad de retiro será la de 66 años y cuatro meses. Ahora, hay ciertas actividades profesionales que permiten una jubilación antes de esta edad, incluso a los 55 años y sin sufrir recortes en la pensión.
Normalmente, todas las personas que se jubilan de forma anticipada sufren recortes en la pensión de jubilación, independientemente de si esta es voluntaria o involuntaria. Estos van desde un 0,5% y hasta un 30% dependiendo de los meses que se adelante la jubilación.
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Aunque esto no siempre es así. La Seguridad Social contempla dentro del sistema público de pensiones de la Seguridad Social que ciertas profesiones o trabajadores con discapacidad puedan jubilarse antes de tiempo sin sufrir reducciones en la pensión. Para acceder a estas, siempre será necesario tener como mínimo 15 años cotizados en cualquier Régimen de la Seguridad Social.
Qué trabajadores se pueden jubilar a los 55 años y con el 100% de la pensión
El Instituto Nacional de la Seguridad Social permite la jubilación anticipada a los 55 años en dos casos: para los profesionales taurinos y los beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente. Para acceder a estas se deberá cumplir una serie de condiciones.
Los profesionales taurinos podrán jubilarse a los 55 años si han trabajado como matadores de toros o de novillos, rejoneadores, sobresalientes, banderilleros, picadores y subalternos de rejones, así como los toreros cómicos.
Por otro lado, aquellos trabajadores que sean beneficiarios de una incapacidad permanente absoluta y no puedan valerse por sí mismos debido a su situación de dependencia física y, en ocasiones, intelectual, tienen la posibilidad de acceder a una jubilación anticipada a los 55 años y cobrando el 100% de la pensión correspondiente.
Otras formas de jubilarse a los 56 y 52 años de edad con el 100% de la pensión
La Seguridad Social recoge otras dos formas de jubilarse con edades más tempranas a la edad legal de jubilación. Estas edades serán las de 56 y 52 años de edad, para las personas que cuenten con un grado de discapacidad igual o superior al 45 %. Así, las personas con un grado de discapacidad de al menos el 45%, podrán jubilarse a los 56 años. En el caso de tener una discapacidad igual o superior al 65%, se podrán jubilar a los 52 años.