El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) es el organismo encargado de ayudar a los ciudadanos que no cotizaron lo suficiente para una pensión contributiva. Como la cuantía que se recibe es muy baja y no llega a los 500 euros mensuales, permite cobrar un cheque de 525 euros que complementa a la pensión no contributiva. Eso sí, siempre que la persona cumpla unos requisitos previos.
Esta ayuda únicamente puede solicitarse una vez al año y está destinada a ayudar a las personas que viven de alquiler y no tienen ninguna vivienda en propiedad. Se convierte así es una ayuda complementaria a dicha pensión. El motivo que explica el porqué esta administración va dirigido a ellos es porque la cuantía mensual es muy pequeña, la íntegra de 484,61 euros. En 2023, dicho importe apenas llegar a cubrir el 50% del salario mínimo interprofesional (540 euros al mes).
La principal característica que define a sus beneficiarios es que ninguno llegó a cotizar un mínimo de 15 años en los regímenes contributivos de la Seguridad Social. Así, que este organismo público no tiene nada que ver con la gestión de esta ayuda, sino que corresponde al Imserso. Para ello, los interesados deben acudir a las oficinas territoriales de los Servicios Sociales, mientras que los ciudadanos de Ceuta y Melilla lo tienen que pedir directamente en la oficina provincial del Imserso.
¿Cuáles son las condiciones que impone el Imserso para cobrar el cheque de 525 euros?
Tal y como apuntan desde el Imserso, los beneficiarios de una pensión no contributiva de jubilación e invalidez pueden solicitar este complemento de 525 euros, siempre y cuando puedan demostrar los siguientes requisitos:
En primer lugar, tener reconocida dicha pensión por parte del Imserso y haber recibido al menos un pago por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) correspondiente a ella. Al mismo tiempo, carecer de vivienda en propiedad y ser el titular de la vivienda que está en arrendamiento (alquilada).
El solicitante no puede tener ninguna relación conyugal con el arrendador de la vivienda alquilada o de parentesco hasta el tercer grado, ni tener ninguna relación de unión estable (viviendo en el mismo sitio como pareja). Dicha vivienda debe ser la habitual durante un tiempo superior a un año y haya residido en la misma durante un periodo mínimo de 180 días anteriores a la solicitud.
Por último, es necesario tener en cuenta que si en la misma vivienda existen dos pensionistas no contributivos, únicamente tienen derecho al complemento quien sea titular del contrato de arrendamiento.
¿Cómo solicitarlo y cuándo finaliza el plazo?
La solicitud del complemento de 525 euros para el alquiler de una vivienda debe hacerse en las oficinas o delegaciones territoriales de los servicios sociales de la comunidad autónoma donde se resida. Quienes vivan en País Vasco y Navarra deben acudir a las Diputaciones Forales y los residentes de Ceuta y Melilla en las Direcciones Territoriales del Imserso.
El trámite puede también hacerse a través de Internet en la Sede Electrónica del Imserso y está disponible hasta el 31 de diciembre de 2023.
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