En España, la Seguridad Social es la encargada de revisar el estado de salud entre los beneficiarios de la pensión de incapacidad permanente cada cierto tiempo. Esto puede desembocar en el aumento o descenso de la cuantía a cobrar. Es por eso que los pensionistas buscan conocer: ¿Cuál es la edad máxima para que el tribunal médico revise la incapacidad permanente? Sí que hay un límite de edad, como se verá más adelante.
Actualmente, corresponde al Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) volver a repetir los exámenes médicos y entrevistas necesarias para ver que la pensión llega a los trabajadores que realmente lo necesitan y, si fuera necesario, otorgar un nuevo grado de discapacidad, siempre superior al 33%. Posteriormente, la decisión de una modificación recae en la Dirección Provincial de la Seguridad Social, quien determina si la persona tiene la edad para cobrarla y sigue cumpliendo con los requisitos.
Para entenderlo con un ejemplo, tras esa revisión, los pensionistas pueden pasar de una incapacidad total a una absoluta, o de una absoluta a una Gran Invalidez, y al contrario. Es posible que se pase de una absoluta a una total. Cabe mencionar que esto también puede provocar cambios en la tributación del IRPF, al ser una pensión contributiva. Pero, ¿hasta cuándo se pueden dar estas revisiones?
El límite de edad para revisar una pensión de incapacidad permanente
Actualmente, sí que existe un límite de edad para revisar la pensión por incapacidad permanente, como recoge la Ley General de la Seguridad Social. De forma similar a lo que ocurre con la edad máxima para cobrarla, ese momento es la edad de jubilación ordinaria.
Desde Campmany Abogados puntualizan que “salvo por la causa de haber conseguido la pensión por una enfermedad profesional. En ese supuesto se podría solicitar la pensión aun habiendo alcanzado la edad de jubilación”.
En 2024, la edad de jubilación ordinaria es a los 65 años, momento en el que la persona debe acreditar un mínimo de 37 años y nueve meses cotizados en la Seguridad Social. Esos 65 años corresponden con el límite de edad por el que puede revisarla el tribunal médico.
¿En qué momento se deja de cobrar la pensión de incapacidad de la Seguridad Social?
Toda modalidad de incapacidad permanente deja de cobrarse al llegar a la edad de jubilación porque, inmediatamente, los beneficiarios pasan a cobrar una pensión de jubilación.
Es cierto que la persona recibe la misma cuantía que venía cobrando hasta ese momento. Tampoco cambian las retenciones de cotización sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
En las situaciones cuyo origen fue un accidente laboral o enfermedad profesional, sí que vuelve a ser recalculado el importe. ¿El motivo? Porque estas se reciben en 12 mensualidades y no en 14, como ocurre con la jubilación.
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