Las pensiones por incapacidad permanente son unas prestaciones económicas que tratan de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral. Estas son concedidas por la Seguridad Social y por norma general se cobra hasta llegar a la edad de jubilación mientras se sigan reuniendo los requisitos. Al llegar a esta edad, el trabajador deberá decidir si sigue manteniendo la incapacidad permanente o pasa a cambiarla por la pensión jubilación.
Según explica la Seguridad Social en su portal web, la pensión de incapacidad permanente será incompatible con la de jubilación. Esto quiere decir que no se puede cobrar ambas prestaciones dentro de un mismo régimen, por lo que se tendrá que decidir si cobrar una u otra.
Por normal general, la pensión por incapacidad permanente al llegar a la edad de jubilación cambia automáticamente a la pensión de jubilación, salvo que el beneficiario quiera lo contrario. En la mayoría de las ocasiones será más beneficioso, salvo en los grados de incapacidad permanente total.
Cómo perjudica cambiar de una incapacidad permanente total a la jubilación
Dentro de los cuatro grados de incapacidad permanente, la total es aquella que limita para la profesión habitual, pero permite desarrollar otra actividad laboral. En esta se cobra el 55% de la base reguladora, pero en el caso de tener 55 años y no ejercer ninguna actividad laboral la cuantía asciende al 75% de la base reguladora, lo que se denomina como incapacidad total cualificada.
Al llegar a la edad de jubilación y en el caso de no haber estado ejerciendo ninguna actividad laboral, la mejor opción será seguir cobrando la incapacidad permanente y no, la pensión de jubilación.
La razón es, que porque aunque la jubilación supone el 100% de la base reguladora, al no haber cotizado durante esos últimos 10 años no se han generado nuevas cotizaciones, lo que llevaría a percibir una cuantía menor a la que se percibía hasta ahora del 75% por incapacidad total cualificada.
Cabe recordar que la incapacidad se calcula con conforme a los años trabajados antes de la dolencia que causó la invalidez. En el caso de haber estado trabajando, no se hubiera cobrando ese 20%, pero se hubiera generado nuevas cotizaciones y por ende, al llegar a la jubilación, la cuantía hubiera sido superior, ya que representa un 100% de la base reguladora, aunque todo depende del caso.
Otras noticias interesantes
-
Estas son las ventajas que tiene ser pensionista por incapacidad permanente total
-
¿Se cotiza cuando se está cobrando una pensión de incapacidad permanente para la jubilación?
-
La Seguridad Social confirma qué ocurre con la incapacidad temporal al llegar al día 365
-
Cómo cobrar una pensión por incapacidad permanente y una pensión de jubilación a la vez
Lo más leído
-
La ayuda del SEPE de 600 euros para hacer cursos de formación para trabajadores y desempleados
-
Un tercio de los trabajadores optan por la jubilación anticipada a los 63 años, percibiendo una pensión media de 1.759 euros
-
Tabla con el porcentaje de pensión de jubilación en función de los años cotizados en 2025: cómo queda según tu sueldo
-
Harvard afirma que el consumo de aceite de oliva reduce la posibilidad de desarrollar demencia
-
El SEPE necesita personal para trabajar en estos colegios y no piden ni oposición ni experiencia
-
Precio de la luz por horas mañana, 3 de noviembre: cuándo será más barata y cara