Al aproximarse la edad de jubilación en situación de desempleo y tras una larga carrera laboral surge la duda de si es mejor pedir la jubilación anticipada o seguir cobrando el subsidio para mayores de 52 años. Mientras el subsidio cotiza para la jubilación por el 125% de la base mínima vigente a cambio de cobrar el 80% del IPREM, la jubilación anticipada nos permite adelantar la edad de retiro, pero a cambio de sufrir recortes en la cuantía, los cuales pueden llegar hasta el 30%. Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario de la Seguridad Social especializado en pensiones y prestaciones del INSS, explica cuáles son las diferentes vías y cuál es la mejor opción para el bolsillo del futuro pensionista.
Alfonso reconoce que esta es la duda estrella entre los ciudadanos e indica que “una de las preguntas más habituales que me suelen hacer es saber si es mejor seguir cobrando el subsidio de mayores de 52 años o solicitar la jubilación anticipada”. Ante esta situación, el especialista prefiere evitar las recomendaciones genéricas y afirma: “Normalmente no suelo dar consejos, porque lo importante es que las personas conozcan todos los detalles, todas las opciones, todos los números y tomen la decisión que más les convenga en base a sus propios intereses económicos”.
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Es decir, hay opciones, pero no quiere decir que una opción sea válida, ya que cada una dependerá de la situación económica, laboral y personal de cada trabajador y futuro pensionista.
Cotizar para la jubilación o tener más dinero antes
Para tomar la decisión correcta resulta fundamental entender cómo funciona la ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal. Muñoz aclara que “el primer elemento a tener en cuenta es la cotización del subsidio”. El gran atractivo de esta prestación es que “este subsidio cotiza por el 125% de la base mínima, lo que actualmente supone una base de 1.726,50 euros mensuales. Esto es bueno porque, aunque se esté cobrando el subsidio, se siguen generando cotizaciones para la futura pensión”.
El problema real radica en el dinero que ingresa el trabajador cada mes para subsistir. El funcionario avisa de que “la cuantía del subsidio es de 480 euros al mes, y además no tiene pagas extraordinarias. Una cantidad muy baja”. Por eso, hay que decidir entre cotizar más para la jubilación a cambio de falta de liquidez o jubilarse antes, sabiendo que la Seguridad Social aplicará unos coeficientes que son para siempre.
Para entenderlo mejor, el funcionario pone un ejemplo de un trabajador que se encuentra a dos años de su edad ordinaria de jubilación. En el primer escenario, si el ciudadano solicita la jubilación anticipada, el importe de su pensión podría fijarse en 1.300 euros mensuales. En el segundo escenario, si el trabajador decide esperar dos años hasta su edad ordinaria manteniendo la ayuda, su pensión final ascendería a 1.550 euros mensuales.
A simple vista podría parecer mejor esperar para cobrar una pensión mayor, pero Muñoz nos invita a “hacer números”. Si la persona opta por seguir cobrando el subsidio, durante esos dos años percibiría un total de 11.520 euros, fruto de multiplicar los 480 euros por 24 meses. Por el contrario, si opta por la jubilación anticipada, cobraría durante esos mismos dos años un total de 36.400 euros, resultantes de multiplicar los 1.300 euros por 28 meses ya que “la pensión si tiene pagas extras”.
La diferencia económica a corto plazo es aplastante y demuestra que “con la jubilación anticipada ganaría 24.880 euros durante esos dos años”. La clave del asunto es calcular el periodo de amortización, planteando “cuánto tiempo se necesita para compensar esos casi 25.000 euros que se dejaron de cobrar” por haber renunciado a los 250 euros mensuales extra de la pensión ordinaria.
El cálculo es sencillo y el Alfonso divide los 24.800 euros de diferencia entre los 250 euros mensuales de mejora, lo que arroja un resultado de 99 meses. El funcionario concluye que "esto significa que la decisión de optar por el subsidio solo empezaría a ser económicamente rentable siete años después de la jubilación”. A modo ilustrativo detalla que si la edad de jubilación es a los 65 años, se empezaría a compensar a partir de los 72 años de edad.
A tener en cuenta
Para que cada trabajador pueda aplicar esta fórmula a su caso particular, Muñoz recomienda que “la forma correcta de hacerlo es solicitar dos simulaciones de jubilación”. Una de ellas calculada a la edad ordinaria y otra calculada dos años antes. Con esas cifras sobre la mesa, el ciudadano puede replicar la operación matemática y tomar una decisión informada.
Basándose en su amplia experiencia profesional, el funcionario de la Seguridad Social ofrece unas directrices generales muy valiosas y afirma que “como norma general te diré que el punto medio de compensación, teniendo en cuenta la pensión media de jubilación en España, se sitúa en torno a 9 años. Es decir, a partir de los 75 años, es cuando compensa económicamente no haber adelantado nuestra jubilación”.
Para determinar qué hacer cuando falta menos tiempo para el retiro legal, el experto señala que “la conclusión rápida es que cuanto más cerca estás de la jubilación ordinaria, menos compensa la anticipada, porque el dinero extra que cobrarías, cada vez es menor”. Como resumen aconseja que, si faltan dos años, suele compensar anticipar; si falta un año, depende mucho del caso concreto y, si apenas faltan seis meses, normalmente interesa esperar.