El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) mantiene el compromiso de proteger económicamente y con formación a los trabajadores desempleados, sobre todo si están en los últimos años de vida laboral. Sin embargo, la publicación en el BOE del Real Decreto-Ley 2/2024 introducirá un cambio en noviembre. Desaparecerán varios subsidios por desempleo que podían cobrar los mayores de 60 años con bajos recursos económicos. A partir de ese momento, solo podrá solicitarse uno de ellos si se cumplen los requisitos.
El subsidio por desempleo para mayores de 52 años será la única ayuda a la que podrán optar estos desempleados. Es el único que apenas sufre modificaciones con esta reforma y mantiene dos de sus grandes ventajas: una duración indefinida y permitirá cotizar para la pensión de jubilación. El SEPE facilitará el acceso a través de estas ayudas a un mayor número de desempleados que antes no tenían esta protección. Desaparecen así otras opciones disponibles como la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).
La solicitud del subsidio para personas con 52 años o más puede solicitarse incluso si quedan unos meses para alcanzar esa edad. No obstante, hay una condición especial tras una reciente sentencia del Tribunal Supremo. El desempleado deberá mantener la condición de demandante de empleo desde que agota el paro hasta que solicita el subsidio.
Requisitos a cumplir para solicitar el subsidio para mayores de 52 años
Dentro del portal web del SEPE se explican cuáles son los requisitos que deben demostrar los beneficiarios para acceder al subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Corresponden con:
- Estar en situación legal de desempleo y haber agotado por completo la duración del paro.
- Suscribir un compromiso de actividad.
- Permanecer inscrito como demandante de empleo desde que se agota el paro. A partir de noviembre desaparece el mes de espera para acceder a la solicitud de los subsidios desde que finaliza la prestación contributiva.
- Haber cumplido los 52 años en el momento de la solicitud.
- Demostrar un periodo de cotización específico. Es necesario contar con al menos 15 años cotizados y que dos se encuentren dentro de los 15 años anteriores a la solicitud. También tener cotizados seis años para la prestación por desempleo.
Los trabajadores fijos discontinuos no podrán solicitarlo a no ser que el parón laboral sea posterior al 2 de marzo de 2022. Quienes tuvieran esa modalidad de contrato a partir de esa fecha, sí que pueden solicitarlo.
Duración y cuantía del subsidio para desempleados mayores de 52 años
Esta ayuda asistencial para mayores de 52 años tiene una duración indefinida, hasta que se encuentra un empleo o hasta que se alcanza la edad de jubilación ordinaria. Los beneficiarios tienen derecho a cobrar un importe correspondiente al 80% del IPREM, es decir, 480 euros mensuales durante todo el tiempo que la reciban.
Hay que tener en cuenta que al cumplir un año desde su aprobación, los beneficiarios deben entregar al SEPE una Declaración Anual de Rentas para que la administración se asegure de que se cumple con el requisito de carencia de rentas.
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