Algo tan simple como hacer una transferencia bancaria, puede ser motivo de multa por parte de Hacienda. Con la intención de evitar el fraude fiscal y el blanqueo de capitales la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) vigila los movimientos de las cuentas bancarias de los españoles. El auge de la banca digital y los medios de pago electrónicos, hacen que esta tarea le sea más fácil al Fisco, y que inicie una investigación en el momento en que se tengan indicios de fraude por movimientos sospechosos.
Por este motivo se debe ser cuidadoso con los importes de las transferencias de dinero que se realizan, ya que si se superan los límites establecidos por Hacienda y no se declaran, se podrían tener problemas con la administración e incluso ser sancionados.
Las operaciones que vigila Hacienda en tus cuentas bancarias
El límite para transferir dinero según la a Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo,es de 6.000 euros cantidad a partir de la cual el banco informará a Hacienda del movimiento. Y si la transferencia es de más de 10.000 euros deberá declararse y poder justificarse en el que caso de que sea requerido. Este importe máximo se extiende a banca online, pagos con móvil o retiradas de efectivo.
En el caso de hacer una transferencia por encima de de los 10.000 euros, la administración investigará dicho movimiento en busca de una posible ilegalidad. Si se ha recibido dinero por ese importe o más, habrá que poder justificar la procedencia del dinero e incluirlo en la declaración de la Renta para evitar ser sancionados.
Si no se declara que se ha recibido ese dinero, las multas pueden ir desde el 2% al 25% dependiendo de la cantidad. Por lo que para una transferencia de 10.000 euros las multas podrían llegar a los 2.500 euros.
Otras operaciones que vigila Hacienda
Estos no son los únicos movimientos de dinero que vigila la Agencia Tributaria, los bancos deben colaborar a la investigación del posible fraude, y están obligados a notificar una serie de operaciones que realicen sus clientes.
- Ingresos realizados en billetes de 500 euros.
- Ingresos en metálico de más de 3.000 euros.
- Cuándo la operación en efectivo sea mayor de 1.000 euros deben exigir al usuario que se identifique.
- Declarar el saldo de los créditos por encima de 6.000 euros, facilitando los datos de quién recibe el dinero
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