La declaración de la Renta ya está a la vuelta de la esquina y es que solo quedan justo 2 meses si contamos desde este 8 de febrero para tener que presentarla, ya que el próximo 8 de abril arrancará la Campaña de la Renta y Patrimonio del ejercicio 2025. Esta se extenderá hasta el 30 de junio de 2026, según el calendario del contribuyente publicado por la Agencia Tributaria, periodo en el cual los españoles y españolas que estén obligados deberán presentar la declaración de tributos IRPF del ejercicio anterior. El inicio se produce algo más tarde que años anteriores, ya que en las últimas ocasiones la campaña arrancó el 2 y el 3 de abril, respectivamente, pero esta vez lo hará justo después de la Semana Santa.
Desde el primer día de la campaña, los contribuyentes podrán presentar su declaración por internet, así como acceder al borrador y a los datos fiscales a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Además, antes del inicio oficial del plazo, se habilitará la posibilidad de obtener el número de referencia, consultar la información fiscal disponible y descargar los datos necesarios para preparar la declaración.
La asistencia personalizada será posible mediante dos medio principalmente. Entre el 6 de mayo y el 30 de junio, la Agencia Tributaria podrá confeccionar las declaraciones por teléfono, para lo que será necesario solicitar cita previa entre el 29 de abril y el 27 de junio. La atención presencial en oficinas se prestará entre el 1 y el 30 de junio, con cita previa disponible desde el 29 de mayo y hasta el 27 de junio. En ambos casos, el plazo para presentar declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación bancaria finalizará el 25 de junio.
En cuanto a los medios de pago, la cuota tributaria podrá abonarse mediante domiciliación bancaria, cargo en cuenta, Número de Referencia Completo (NRC), tarjeta de crédito o débito, transferencias instantáneas a través de plataformas de pago electrónico (como Bizum) o mediante documento de ingreso para su pago en entidades colaboradoras.
Quiénes tienen que presentar la declaración de 2025
Deberán presentar la declaración del IRPF los contribuyentes que hayan percibido rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales de un solo pagador, o 15.876 euros de dos o más pagadores. También tendrán la obligación de tributar todas las personas que hayan estado dadas de alta en algún momento del año como trabajadores autónomos, así como los titulares del ingreso mínimo vital y los miembros de su unidad de convivencia.
Por el contrario, los beneficiarios de prestaciones por desempleo no estarán obligados a presentar la declaración, siempre que el Congreso de los Diputados ratifique el real decreto-ley de revalorización de pensiones que incluye esta medida.
Algunos datos de la última campaña
Según los últimos datos de la Agencia Tributaria, en la campaña correspondiente al ejercicio 2024 se devolvieron 13.094 millones de euros a 15,6 millones de contribuyentes. A cierre de año se habían presentado 24,7 millones de declaraciones, un 2,4% más que el año anterior, de las cuales el 65% resultaron a devolver. Además, se registraron más de 47.000 declaraciones rectificativas, lo que permitió evitar comprobaciones posteriores y la posible imposición de sanciones.