Hacienda lanza un contundente mensaje a los pensionistas y jubilados que tuvieron excesos de cotización en las mutualidades antiguas. Si caen en un error bastante común, podrían despedirse de la devolución del dinero a reclamar en la próxima declaración de la Renta. A pesar de que una sentencia del Tribunal Supremo lo exige, existe un ‘vacío legal’ por el que no se obtendrían hasta 4.000 euros de devolución.
En España, la Agencia Tributaria tiene la obligación de devolver a los jubilados de las antiguas mutualidades laborales el exceso de cotización que se produjo entre 1967 y 1978. Si de normal tenían que cotizar por el 75% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), lo hicieron por el 100% para la pensión de jubilación. Ese 25% extra es el que podrán reclamar por los cuatro últimos años no prescritos, es decir, entre 2019 y 2022. ¿Cuándo? En la próxima campaña de la Renta 2025.
El motivo por el que miles de jubilados mutualistas no recibirán la devolución del IRPF
A pesar de que existe un formulario habilitado para pedir esta devolución en la declaración de la Renta, existe un motivo por el que miles de pensionistas y jubilados no recibirán el dinero. Tiene que ver con la falta de documentación que acredite que a esas personas, efectivamente, le corresponde la devolución del dinero por exceso de cotización.
La administración pública tributaria mira detalladamente cada una de las reclamaciones y solicitudes que le llegan sobre este tema. La única vía para justificarlo son los recibos o documentaciones que se tengan guardadas de hace más de cuatro décadas. Incluso, muchos de los posibles beneficiarios ya han fallecido.
Estos documentos, que la mayoría de afectados no tienen, son difíciles de conseguir. Al no poder acreditar que son afectados en su reclamación, no podrían obtener ese dinero, a pesar de tener el derecho por ley de recibirlo. La administración no estaba digitalizada y comprobarlo es bastante difícil.
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