Hay algo que interesa a todos los contribuyentes que tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta: las deducciones que se pueden aplicar para pagar menos a Hacienda. Todo ahorro es poco. Así que, aquellos que todavía no hayan presentado el borrador 2021, deberán apuntarse las más importantes para que la cita anual con la Agencia Tributaria resulte más favorable.
Algunas personas lo desconocen, pero a lo largo del año se producen distintos gastos que pueden aplicarse en la declaración. El objetivo es que el ingreso bruto no sea tan alto y ahorrar un buen pellizco a la hora de declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Pero, ¿cuáles son estos gastos deducibles?
Antes de desgranarlos, conviene recordar que dependiendo de donde se resida se puede tener acceso a deducciones específicas. Por ese motivo, se aconseja consultar la lista completa con todas las deducciones que existen por comunidad autónoma, a la que se puede acceder pulsando sobre el enlace anterior. Dicho esto, a continuación se explican las más comunes a nivel estatal que nunca hay que olvidar al presentar la declaración de la Renta.
Deducciones más comunes en la declaración de la Renta
Aunque, como se ha explicado, existen deducción especiales de las comunidades autónomas, hay gastos deducibles comunes en toda España que como contribuyente se tienen que tener en cuenta en la declaración de la Renta. Estas son las más recurrentes que suelen aplicarse antes de presentarla:
Gastos hipotecarios
Las personas que compraron una vivienda y contrataron una hipoteca antes del 31 de diciembre de 2013 pueden desgravarse los gastos hipotecarios siempre que los hubieran venido haciendo con anterioridad. Además, hay que cumplir otros requisitos: que la vivienda hipotecada sea la residencia habitual y que la hipoteca fuera firmada para la compra de la vivienda. La deducción puede ser de hasta un 15% con una base máxima de 9.040 euros. Aquí se incluyen los productos asociados como seguros del hogar, seguros de vida, amortizaciones anticipadas o seguros antiincendios.
Planes de pensiones
Con las aportaciones a los planes de pensiones también se puede ahorrar en el IRPF. Aunque, eso sí, su aplicación se ha reducido: las aportaciones personales a estos planes no pueden superar los 2.000 euros. Los planes de empresa sí pueden recibir hasta 8.000 euros, siempre que no superen los 10.000 euros si se combinan ambos (personales y empresariales).
Alquiler de la vivienda
Estas deducciones en la base imponible solo es aplicable para los contratos firmados antes de 2015. Al menos a nivel estatal, porque la mayoría de las reducciones de las comunidades autónomas giran en torno a este aspecto. De cumplir este requisito, se puede deducir del alquiler un máximo del 10,05% sobre una base máxima de 9.040 euros al año.
Deducciones familiares
Aunque el abanico es amplio, hay dos deducciones respectivas a la situación familiar de la que muchos contribuyentes pueden beneficiarse a la hora de presentar la declaración de la Renta. La primera es la deducción por maternidad: se puede aplicar una deducción de 1.200 euros por cada hijo menor de tres años nacido en España. En caso de adopción o acogimiento, se aplica independientemente de la edad del menor, utilizando como plazo los tres años siguientes desde su inscripción en el Registro Civil.
Otra muy frecuente es las deducciones por familia numerosa. Los ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre que conformen una familia numerosa pueden aplicarse una deducción de 1.200 euros anuales. La cuantía subiría hasta los 2.400 euros si la famosa numerosa es de categoría especial. Además, en el supuesto de que el cónyuge del contribuyente tuviera discapacidad y esté a su cargo, se tendría derecho a una deducción de 1.200 euros anuales.
Cuotas sindicales, a partidos políticos y colegios profesionales
Son muchas las personas que deben estar colegiadas para ejercer su profesión. Estas se pueden deducir hasta 500 euros al año de las cuotas colegiales. Por su parte, las afiliadas a partidos políticos podrán deducirse hasta un 20% hasta un máximo de 600 euros anuales. En último lugar, las inscritas a sindicatos cuentan con una deducción desde el 20 al 35% de las cuotas sindicales.
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