Comienza un nuevo año y el reloj ya empieza a contar para la próxima campaña de la Renta 2024. Son muchos los contribuyentes que sin saber aun si deben presentar el borrador del IRPF dudan de cuándo hay que presentarlo, cuál es el límite de rentas para estar exentos de tributar, cuáles son los canales por los que pueden hacerlo… Ante estas dudas, Hacienda ya ha publicado un calendario de la Renta 2024 con todas las fechas importantes y cuándo hay que presentar la declaración de la Renta 2023. ¡Este año hay novedades importantes!
En esta ocasión, más de 22 millones de contribuyentes en toda España deberán hacerle frente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), aunque otros muchos están exentos de tributar por él. Sin embargo, es recomendable hacerlo, puesto que en caso de que salga a devolver, es posible recibir un dinero extra de la Agencia Tributaria.
El pistoletazo de salida tendrá lugar en abril, pero unos días antes del momento en el que comenzó el año pasado. Lo mismo ocurre con el plazo de finalización, que también se atrasará al 1 de julio de 2024, al contar con más de tres meses ese periodo.
¿Cuáles son las fechas clave de la campaña de la Renta 2024?
La Agencia Tributaria ha publicado cuáles son los días en los que hay que entregar en Hacienda el borrador de la declaración de la Renta. Según el método utilizado para presentar el modelo 100 del IRPF, deberá hacerse en una fecha u otra.
Este es el calendario de la declaración de la Renta 2024:
- Por Internet: a partir del 3 de abril y hasta el 1 de julio de 2023.
- Vía telefónica: a partir del 7 de mayo y hasta el 1 de julio de 2023.
- De forma presencial: a partir del 3 de junio y hasta el 1 de julio de 2023.
Por el momento, aún se desconoce cuáles son las fechas para pedir cita previa y ser atendidos de forma telefónica o en las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Eso sí, así es posible conseguirla:
- Para la declaración telefónica: llamando a los números 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
- Para la declaración presencial: llamando a los números 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
El borrador de la declaración se podrá obtener a partir del 3 de abril de 2024 a través de Renta WEB. Los contribuyentes que estén conformes con la declaración podrán presentarla ese mismo día por Internet, pero la Agencia Tributaria recomienda que esta sea revisada antes de confirmarla. La razón es que puede haber errores por los que la cuantía en caso de devolver esta sea inferior.
¿Quién está obligado de presentar la declaración de la Renta?
Todos los contribuyentes que declaren su renta, deberán confirmar su borrador a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, por teléfono o de manera presencial. Ahora hay ciertas personas que estarán obligados a presentarla.
Así, aquellos que en su declaración figuren rentas por encima de los 22.000 euros anuales estarán obligados a presentar el modelo 100 de IRPF. También, aquellas personas que hayan recibido 15.000 euros anuales de dos o más pagadores, siempre que el segundo lo hiciera por un valor superior a los 1.500 euros.
Además, todos los trabajadores autónomos y aquellos ciudadanos que hubieran recibido ingresos patrimoniales o de rendimiento de capital mobiliario de más de 1.600 euros anuales. Por último, estarán obligados aquellos que recibieran como mínimo 1.000 euros brutos de rentas mobiliarias imputadas, rendimientos de Letras del Tesoro o subvenciones relacionadas con la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado.
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