Pedir la incapacidad temporal durante el embarazo es un derecho laboral reconocido para las trabajadoras que se encuentran en situación de riesgo en su puesto de trabajo. Lo primero que hay que tener en cuenta a este respecto es que la empresa está obligada a proteger a las mujeres embarazadas durante el periodo de gestación, con la finalidad de garantizar la plena seguridad tanto de la futura madre como la del feto.
Así lo establece el artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Esto quiere decir que dependiendo de las tareas que se lleven a cabo, se valorará el riesgo durante el desempeño de su puesto de trabajo. Por lo que en caso de que exista algún peligro de ámbito laboral, el empleador tendrá que adaptar o recolocar la vacante a las circunstancias de la empleada, de forma que no haya problemas durante la ejecución de las actividades profesionales.
En caso contrario, si puesto que se ocupa no es compatible con el estado de buena esperanza, se deberá suspender el contrato de trabajo. Será entonces cuando se podrá solicitar la Prestación por Incapacidad Temporal (IT) durante el embarazo por contingencia profesional. Cabe aclarar que esta baja laboral tiene esta consideración para la Seguridad Social, y no la de contingencia común, debido a que se trata de una causa motivada directamente por la relación de trabajo con la empresa.
Pasos para tramitar la Prestación por Incapacidad Temporal durante el embarazo
A diferencia de lo que se suele pensar, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), y no la empresa para la que se trabaja, es la entidad gestora encargada del reconocimiento y control del derecho a la Prestación Económica por Incapacidad Temporal durante el embarazo. Para aclarar las posibles dudas con respecto a cómo solicitar esta prestación, solo habrá que seguir estos pasos:
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La gestante deberá acudir a su médico de cabecera de la Seguridad Social y solicitar un informe de maternidad. Cabe decir que en el documento debe acreditarse tanto el embarazo como la fecha prevista de parto, con el objetivo de mantener informado al INSS.
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La empresa tiene la obligación de proporcionar a la trabajadora un certificado en el que se se certifique las actividades que desarrolla, así como las condiciones derivadas de su puesto de trabajo.
Una vez obtenidos estos dos documentos, la persona interesada tiene que dirigirse al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y solicitar la Prestación por Incapacidad Temporal durante el embarazo. Se puede realizar a través de dos días:
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De forma presencial
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Por Registro Electrónico, con y sin certificado digital.
Online
Si se dispone de certificado digital o usuario y contraseña en Cl@ve, se podrá acceder a través del portal “Tu Seguridad Social” disponible desde este enlace directo que redirige directamente a la Prestación de riesgo durante el Embarazo. Este servicio permite solicitar, de forma telemática, tanto la certificación de riesgo como la prestación de riesgo durante el embarazado.
Estas son las 3 vías de acceso disponibles:
- Certificado electrónico
- Usuario + Contraseña
- Cl@ve
De forma presencial
Para llevar a cabo este trámite se podrá realizar por correo o presencialmente en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), siempre que se tenga cita previa y en horario de lunes a viernes de 9 a 14:30 horas.
En caso de que no se sepa cuál es la Oficina de la Seguridad Social más cercana a la residencia de la interesada, este enlace permite buscar la oficina del INSS más cercana para realizar este trámite. Asimismo, cabe mencionar que se tendrán que aportar, como mínimo, los siguientes documentos:
- Documento Nacional de Identidad o DNI de la madre trabajadora.
- Informe de maternidad emitido por el Servicio Público de Salud adscrito a la Seguridad Social.
- Declaración Empresarial de Suspensión del Contrato por riesgo durante el embarazo.
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