Si llega el momento de que la empresa prescinda de los servicios prestados por un trabajador y se pretende calcular la indemnización por despido, lo primero que hay que tener en cuenta es que esta suma de dinero dependerá en función de la modalidad de la extinción del contrato. Es decir, variará si se refiere a un despido objetivo, disciplinario o colectivo, según lo recogido en el artículo 49 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET).
Por lo que si se trata de un despido objetivo o, lo que es lo mismo, los motivados por causas relacionadas con el funcionamiento y solvencia de la empresa establecidas en el ET, al trabajador le corresponden 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Por su lado, en el caso de un despido disciplinario no tendrá derecho a indemnización. Sin embargo, si es denunciado por el trabajador y declarado por un juez como despido improcedente, la indemnización será de 45 o 33 días por año trabajado.
Además, ahora más que nunca hay que tener también en cuenta las liquidaciones referentes a los despidos colectivos, como es el caso de los denominados como EREs, cada vez más puestos en marcha por las compañías en España desde que diera comienzo la crisis sanitaria a causa de la pandemia. En estos casos, cuando el empleador plantea un ERE, cada trabajador tiene derecho a recibir una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Sin embargo, también se debe de tener en cuenta que algunas empresas pueden alcanzar acuerdos entre las dos partes proponiendo incluso indemnizaciones de 33 días por cada año trabajado o más.
Cálculo de la indemnización por despido
Para calcular la indemnización por despido intervienen tres variables principales: el salario percibido a diario, la antigüedad del trabajador en la empresa y el tipo de despido practicado.
- En primer lugar, se debe calcular el salario anual: suma de los salarios brutos de los últimos 12 meses, incluidas las pagas extraordinarias o prorrateadas. El resultado obtenido se tendrá que dividir entre los días que tiene el año que, recordemos, a efectos laborales son 360 días en lugar de los 365 como tiene el año natural.
- A continuación, se necesitará obtener los años de antigüedad en la empresa. En el caso de que no se llegue al año de contrato, se contará en días y se dividirá entre los 360 días laborables.
- Por último, se debe tener en cuenta el tipo de despido para lograr el importe final de la indemnización. En este caso, como hemos mencionado anteriormente, estos son los días equivalentes por cada modalidad de despido:
- Despido objetivo: 20 días de salario por año trabajado, con un tope máximo de 12 meses de salario.
- Despido objetivo impugnado o despido improcedente: será de 45 o 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.
- Despido colectivo (ERE): 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, con un máximo de 12 mensualidades.
- Despido disciplinario: no tendrá derecho a indemnización.
Otro tipo de indemnizaciones por despido a tener en cuenta
Además de los casos anteriores, también se contempla la indemnización en el caso de resolución unilateral del contrato por parte del trabajador por modificación sustancial de condiciones. Esto significa que en determinados casos el empleado busca terminar con su contrato de trabajo debido a una modificación sustancial en su contrato de trabajo. En este caso será de 20 días por año trabajado con un máximo de 9 mensualidades.
Sin embargo, existe también otro caso a tener en cuenta y es el que se refiere a la resolución unilateral por parte del trabajador por incumplimiento grave de la empresa. Para este determinado caso, la indemnización será de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.
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