Has sufrido un accidente laboral y estás de baja por incapacidad temporal. Es normal que preguntes quién paga mi sueldo y cuánto dinero voy a cobrar. Además, querrás saber por cuánto tiempo verás el cobro de la baja temporal en tu cuenta bancaria, de cuánto es la base de cotización. Muchas dudas que en noticiastrabajo.es vamos a resolver.
Si tu situación es de incapacidad temporal por contingencia común, la prestación económica que vas a cobrar, la paga la Seguridad Social. El pago es del 75% de tu base de cotización. La base que tomará como referencia la Seguridad Social es la del mes anterior a tu baja médica.
¿Por qué me paga mi empresa la nómina, entonces? La empresa paga en tu nómina lo que cobra de la Seguridad Social. Es lo que se conoce como pago delegado. Durante los tres primeros días en que estés de baja médica, no tienes derecho a cobrar ninguna ayuda de la Seguridad Social.
Tienes que tener en cuenta que hablamos de accidente no laboral. Según cuenta la asesoría laboral de UGT a ‘elplural’, en el caso de contingencia común o accidente no laboral, los días primero al tercero no cobras el subsidio, del cuarto al quinceavo día, el 60% de la base reguladora con el pago a cargo de la empresa.
Y a partir de los días 16 al 20 el 60% de la base reguladora la paga la Seguridad Social. Los días 21 en adelante, el 75% de la base reguladora la paga la Administración pública.
Quién paga mi baja laboral por incapacidad temporal si el accidente es laboral
En el caso de que la baja médica sea por accidente laboral, la prestación social cambia, siendo el 75% de la base reguladora por contingencias profesionales del mes de antes en que se haya producido la baja.
Ten en cuenta que esta baja de Incapacidad Temporal, IT, es un subsidio que paga la Seguridad Social para solucionar al trabajador lesionado la pérdida de sueldo que supondrán esos días de baja laboral. Asimismo, será atendido por los profesionales sanitarios de la Seguridad Social.
Esta prestación la vas a comenzar a cobrar en caso de accidente no laboral o enfermedad común desde el cuarto día de la baja como hemos explicado antes y como refleja la Seguridad Social en este apartado.
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