En apenas unos días finalizará el plazo que la Generalitat Valenciana ha marcado para que los interesados puedan solicitar estas ayudas que pueden llegar a suponer hasta el 50% del precio mensual del alquiler.
Las ayudas al alquiler del año 2021 son una ayuda directa dirigida a las personas inquilinas de un inmueble de toda la Comunitat Valenciana para hacer frente al pago de las mensualidades de todo el año 2021.
¿Cuánto se cobra con la ayuda al alquiler?
La cuantía a percibir en la ayuda al alquiler de la Generalitat Valenciana, al igual que ocurre con las demás Comunidades Autónomas, dependerá de las condiciones de la unidad de convivencia.
Así bien la cuantía de esta subvención podrá alcanzar el 40% de la renta del alquiler y excepcionalmente podrá llegar al 50% si la persona solicitante y todos los miembros de la unidad de convivencia, tienen más de 65 años de edad en el momento de presentar la solicitud.
Requisitos para solicitar la ayuda al alquiler de la Generalitat
Las personas interesadas en optar a cobrar esta ayuda deberán de cumplir los siguientes requisitos:
- Ser persona física y mayor de edad
- Poseer la nacionalidad española (todos los miembros que conformen la unidad familiar) y DNI los mayores de 16 años de edad. Para personas extranjeras deberán de tener residencia en vigor, permiso de trabajo y poseer el NIE (mayores de 16 años)
- Ser titular, como persona arrendataria, del alquiler de una vivienda que se haya formalizado el contrato conforme a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos
- La vivienda alquilada debe de ser la residencia permanente y habitual durante todo el periodo por el que se concede la ayuda. Esto se deberá acreditar con un certificado o volante de empadronamiento con antigüedad inferior de 3 meses, donde deberán constar todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Los ingresos mínimos de la unidad de convivencia deberán ser de 0,3 veces el IPREM, es decir, 564,90 euros al mes en 2021, según está previsto en el articulo 2.2 del Real Decreto-ley 3/2004
- El precio de la vivienda en alquiler deberá de ser igual o inferior a los límites indicados en la base 5ª de la Orden 3/2021 de bases reguladoras.
- La suma de los ingresos de los integrantes de la unidad de convivencia ( consten o no como titulares del contrato de alquiler), deben der iguales o inferiores a 3 veces el IPREM, salvo en determinadas excepciones tal y como se indica en la base 2ª de la Orden 3/2021 de bases reguladoras.
Cómo y donde solicitar la ayuda al alquiler 2021
El plazo para solicitarlas se abrió el pasado día 10 de junio y finalizará el día 8 de julio. Los interesados deberán de realizar la solicitud de manera online a través del portal web de la Generalitat Valenciana, para lo que será necesario disponer de alguna identificación electrónica para poder realizar el proceso de autentificación de identidad del solicitante, como la cl@ve permanente o certificado electrónico.
Aunque la solicitud se debe de hacer de forma online, en caso de necesitarlo, los interesados pueden acudir con cita previa personalmente a los Servicios Territoriales de Vivienda y Arquitectura Bioclimática (teléfonos 012 o 963 866 000), a los Ayuntamientos o mancomunidades para recibir asesoramiento al respecto.
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