Tener un cobro indebido de Hacienda o de cualquier otra administración pública es más común de lo que puede pensarse. Unas probabilidades que aumentan para los trabajadores autónomos al estar obligados a presentar más impuestos. Es por eso que necesitan conocer cómo reclamar los cobros indebidos de Hacienda y de las administraciones públicas.
La modalidad de estas negligencias son varias: puede haberse producido un cobro duplicado de la cuota, o no se ha efectuado correctamente la autoliquidación del IVA trimestral, o hay negligencias en la declaración de la Renta si esta sale a pagar… La ley contempla solución para todo. Por los que sí, un trabajador por cuenta propia tiene derecho a exigir la devolución de ingresos indebidos.
¿En qué consiste un ingreso indebido? Hacienda los define como cualquier importe que la persona haya ingresado de más a la Agencia Tributaria. Esto también incluye intereses de demora de un 4,06% en 2023.
Situaciones en las que Hacienda permite reclamar un cobro indebido
Desde la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) vislumbran tres tipos de situaciones en las que un trabajador autónomo puede tener irregularidades al hacer frente a cualquier tipo de impuesto. Corresponde con los siguientes:
- Cuando se duplique el pago de un impuesto o de una deuda o sanción.
- Cuando se paga un importe mayor al señalado en el resultado de una declaración fiscal, por ejemplo, en el Modelo 303 de IVA trimestral o en el modelo 100 de la declaración de la Renta.
- Cuando la persona paga una multa, deuda o sanción que ya ha prescrito.
Sin embargo, estas no son las únicas. Atendiendo a los supuestos recogidos en el Real Decreto 520/2005, en el artículo 15 existen las siguientes situaciones de devolución:
- Una resolución de un procedimiento administrativo o una resolución judicial.
- Un procedimiento especial de revisión o de rectificación de autoliquidaciones. Esto lo hacen desde Hacienda de oficio, es decir, por ellos mismos.
- También en cualquier procedimiento de aplicación de tributos.
Plazos para reclamar el cobro y la cuantía a recibir de cobros indebidos de Hacienda
Por regla general, los autónomos tienen un plazo de cuatro años para solicitar la devolución de cobros indebidos. El tiempo empieza a correr desde que mismo día en que se produjo ese error hasta la fecha en la que se solicita. Una vez emitido, Hacienda se reserva un plazo de seis meses para dar respuesta a esa solicitud.
La cantidad que la administración pública tributaria está obligada a devolver corresponde con el importe del ingreso indebidamente realizado en favor del Fisco. Pero no queda ahí porque la Ley General Tributaria también incluye unos intereses de demora. Nacen desde el momento en el que la persona realizó el pago hasta el momento en el que se ordena la devolución.
Un dato importante llegado este punto es que esos intereses de demora se han de declarar en la declaración de la Renta porque sí, tributan. A comienzos de 2023, el Tribunal Supremo emitió una sentencia donde así se recogía. Esto solo afecta a los autónomos que hayan cobrado fuera de plazo una deuda de Hacienda con esos intereses.
Cómo solicitar una devolución de ingresos indebidos en la Agencia Tributaria
Para quienes no sean hábiles con los trámites telemáticos, es posible iniciar el procedimiento en cualquier oficina de Correos o entregar el modelo o escrito en las oficinas de la Agencia Tributaria. En caso de no querer desplazarse, la opción es a través de la Sede Electrónica de dicho organismo.
Estos son los pasos cuando se quiera hacer la reclamación a través de Internet:
Acceder a la Sede Electrónica de la AEAT
Previamente, habrá que identificarse mediante certificado electrónico, Cl@ve PIN o DNI electrónico.
Acceder al trámite de devolución de ingresos indebidos
Hay que pulsar a la pestaña ‘Todas las gestiones’ del menú superior y clicar en la opción ‘Recursos, reclamaciones, otros procedimientos de revisión y suspensiones’. Una vez dentro, hay que acceder a la opción, ‘Procedimientos especiales de revisión’ y, posteriormente, en ‘Devolución de ingresos indebidos’.
Llegados a ese punto hay que rellenar todos los campos que el sistema fije como obligatorio y enviar el formulario.
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El país de Europa que aprobó la jornada laboral de 4 días en 2019 y que cinco años después la productividad ha aumentado
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana, 23 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía