El sistema de cuotas está en pleno proceso de reestructuración de cara a los próximos años por la Seguridad Social, los agentes sociales y las principales asociaciones de trabajadores autónomos. Aunque todavía no se ha llegado a un acuerdo, muchos intentan averiguar cómo van a quedar por rendimientos netos como se plantea. Por lo que muchos se preguntan, ¿qué es lo que se puede pagar en el extranjero de cuotas? Así, pueden comprobar qué se paga en España y tomar una decisión sobre los nuevos tramos de cotización.
A pesar de las lagunas que quedan por solucionar, España sigue siendo uno de los países con más protección de toda Europa. Así lo refleja en sus estudios la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA). En él se compara la protección social que tienen los trabajadores autónomos por el INSS con el resto de países europeos.
En el estudio, analizado por Autónomos y Emprendedores, se destaca que no haya ninguna diferencia ente la cobertura para los autónomos y los trabajadores por cuenta ajena en cuanto a una materia tan esencial como es la asistencia sanitaria. El motivo es que en otros países, los trabajadores por cuenta propia deben pagar un copago. También se destaca que, por ejemplo, en un caso de incapacidad temporal (baja laboral) sea la administración pública quien proteja antes a los autónomos que a los asalariados, concretamente desde el día cuatro hasta el 16.
¿Cuánto pagan de cuota los autónomos de otros países europeos?
Dicen que las comparaciones son odiosas, pero es cierto que los autónomos no pagan la misma cuota en toda Europa. Aunque se pertenezca a la Unión Europea y se tenga que rendir cuentas a la Comisión Europea, no todos los trabajadores por cuenta propia pagan lo mismo a la Seguridad Social o a los organismos que regulen esta materia. A continuación, se va a explicar cuáles son las cuotas que se pagan en los principales mercados europeos.
Reino Unido
Gran Bretaña tiene un sistema basado en niveles de ingresos. En esta región, los trabajadores por cuenta propia que generen ingresos inferiores a los 7.657,17 euros (es decir, 6.475 libras al año) no están obligados a cotizar. Pero, es cierto, que tampoco tendrán cubiertas unas necesidades básicas.
Cuando ya superan ese mínimo que se ha comentado, los emprendedores británicos estarán sujetos a dos posibles tipos de cotización, dependiendo de los beneficios en el ejercicio económico:
- Cotizaciones a la Clase 2: se paga una cuota única de 3,55 euros semanales. Aquí es donde pagan la cuota aquellos cuyos beneficios están comprendidos entre los 7.657 euros y los 11.235 euros.
- Cotizaciones a la Clase 4: se deberán pagar un 9% de los beneficios que se obtengan. En este tipo los beneficios estarán comprendidos entre los 11.235 euros y los 59.500 euros. A partir de esa cifra, hay un 2% adicional de cotización sobre los beneficios.
En contraposición, todos los empresarios británicos que ingresen menos de 11.200 euros, solo tendrán que pagar 12 euros de cuota al mes. Muy bajo sí, pero con muy pocas por no decir nulas coberturas, como para la pensión de jubilación o la prestación por desempleo.
Francia
En el país vecino, los trabajadores por cuenta propia van a tener derecho a una bonificación en el primer año de actividad. No pagan nada durante ese periodo. A partir de ahí, las cuotas se calcularán según los ingresos del empresario y del tipo aplicable, según la actividad que desarrolle. Estas son las tasas a las que los autónomos franceses deberán hacer frente:
- 12% de los ingresos por actividades comerciales.
- 22% de los ingresos para servicios y profesiones liberales que no están reguladas.
- 22% para las profesiones liberales que sí están reguladas.
Todos estos tipos otorgan el derecho a asistencia sanitaria o pensiones (jubilación, viudedad e invalidez). Pero, por ejemplo, cuando ocurren periodos de inactividad por cese, eso se tiene que pagar aparte. El resto de garantías se tienen que contratar por seguros o mutuas privadas.
Alemania
El sistema de cuotas de autónomos de Alemania es un poco complejo. Interfieren al mismo tiempo impuestos y cotización. Como exponen desde Autónomos y Emprendedores, a partir de 1.700 euros se pagarán 140 euros. Así se fija un límite porque, por debajo de esta, no habrá que pagar nada.
Eso sí, se deberá pagar un seguro médico obligatorio de unos 200 euros mensuales. Tampoco estarán cubiertos los ceses de actividad, la pensión de jubilación ni las bajas médicas.
Portugal
A pesar de ser nuestros vecinos en la Península Ibérica, en cuanto al sistema de cuotas de autónomos y su abono a la Seguridad Social se asemejan más a los franceses. El motivo es que no tendrán que pagar la cuota durante el primer año. Eso sí, tras el disfrute de esta bonificación, esta quedará fijada entre un 21,4% sobre la base de cotización. Hay que decir que la mínima es de 664,8 euros mensuales y la máxima de 5.318 euros mensuales.
¿Qué ocurre en el país luso cuando no se tienen ingresos? Pues que solo deberán que pagar unos 20 euros de cuota al mes. A cambio sí que se asemejan a España y ofrecerán: cese de actividad, baja médica, prestaciones por maternidad o paternidad y pensión de jubilación.
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