Para aquellos trabajadores con un contrato temporal el cuál terminase durante el estado de alarma podrán solicitar el subsidio extraordinario por fin de contrato temporal. Te contamos todo lo que tienes que saber sobre esta ayuda económica de 431 euros al mes y cómo debes de solicitarla.
¿Qué es el subsidio extraordinario por fin de contrato temporal?
Dentro de las ayudas con carácter extraordinario aprobadas por el gobierno se encuentre este nuevo subsidio para los trabajadores que cuenten con un contrato de trabajo temporal.
Esta nueva prestación es una ayuda económica de 431 euros al mes para trabajadores que no cuenten con derecho a paro.
¿Durante cuanto tiempo se cobra?
En principio, esta ayuda cuenta con una duración de un mes pero la misma será ampliable si el estado de alarma persiste y se alarga su duración.
Requisitos
Para poder solicitar esta ayuda, los interesados deberán reunir los siguientes requisitos:
- Que el contrato temporal finalizará durante el decreto de Estado de Alarma 463/2020.
- Que la duración del contrato sea de al menos dos meses de duración.
- Que el trabajador/a no cuente con el tiempo cotizado para solicitar la prestación por desempleo o algún otro subsidio.
Otros aspectos que debemos de tener en cuenta es que, esta ayuda del SEPE es incompatible con el cobro de otras ayudas sociales, rentas mínimas de inserción, salarios sociales o similiares.
También, el perceptor de esta subsidio no deberá contar con ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, no puede tener ingresos superiores a los 712,50 euros al mes.
Cómo pedir este subsidio
El subsidio extraordinario por fin de contrato temporal se trámita través del Servicio Público de Empelo Estatal. El SEPE informa de que, actualmente no se puede solicitar tal ayuda, ya que se encuentran trabajando para la creación de un formulario el cuál, se pueda solicitar de forma telemática.
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