
Los trabajadores abogados autónomos están a un paso de conseguir un derecho que, hasta el momento, no tenían. Y es que todo hace prever que en breve van a poder ser beneficiarios del permiso de paternidad o maternidad, ahora conocido como el permiso nacimiento y cuidador del menor que ofrece el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Y es que, el Consejo de la Abogacía y los Procuradores y Graduados Sociales están negociando con el Gobierno de España la aprobación del anteproyecto de Ley de Eficiencia Procesal. En el que está incluido, en el punto 22 del apartado 5, los motivos por los que un abogado autónomo puede solicitar la suspensión temporal del juicio en el que está trabajando debido a diferentes motivos, entre ellos, el nacimiento de un hijo.
Hasta el momento, estos profesionales no pueden solicitar un aplazamiento del juicio si se da la situación de que tienen un hijo, por lo que no pueden pedir el permiso de maternidad o paternidad. Por lo tanto, los trabajadores por cuenta propia de este sector no disfrutan del periodo de descanso al que todos los trabajadores deben tener derecho si no da una condición extraordinaria.
Los abogados autónomos no pueden disfrutar de este derecho fundamental
Hasta este mismo momento, estos profesionales por cuenta propia dependen de que el juez del caso les conceda dicho tiempo de descanso en el momento en el que vayan a dar a luz. Para ello, es necesario que cierto tiempo anterior al parto soliciten la suspensión cautelar del juicio hasta que se reincorpore tras el periodo de descanso. Por lo que dejan a expensas de lo que decida un juez la posibilidad que tienen de acceder al permiso por nacimiento y cuidado de un menor de las 6 semanas que concede, por ley, la Seguridad Social a todos los trabajadores cuando se encuentren en esa situación. Algo que no afecta a este sector, sino que deben solicitarlo y esperar una aprobación judicial para poder disfrutar del descanso temporal de sus funciones temporales.
Se trata, como han calificado, de una cuestión de “derechos fundamentales de los trabajadores”. Y es que, la aprobación de este anteproyecto de ley va a beneficiar a estos profesionales autónomos que dejarán de depender de la decisión de un juez para poder disfrutar de su descanso obligado durante las 6 primeras semanas desde el nacimiento del hijo.
Y es que, actualmente, no son pocas las madres trabajadoras de este sector de los profesionales que han manifestado sus quejas debido a que, como es normal, no entienden que no puedan obtener dicho permiso de maternidad como lo reciben el resto de trabajadores. Es por ello que se ha expuesto al Ministerio de Justicia que dirige Pilar Llop la necesidad urgente de llevar a cabo esta nueva medida, algo que, todo apunta, se cumplirá en un breve periodo de tiempo en favor de estos profesionales.
¿Durante cuánto tiempo se suspenderán los juicios?
En el momento en el que esta nueva normativa entre en vigor, los profesionales que sean abogados autónomos y se encuentren en un proceso judicial podrán ser beneficiarios de una suspensión temporal de dicho juicio. Todo ello, al igual que ocurre con el resto de los profesionales que acceden a esta prestación, durante un tiempo de 6 semanas, que es la duración mínima establecida por la ley por la que un trabajador debe descansar en el momento en el que nace un hijo.

“Los autónomos deberían contar con un subsidio para mayores de 52 años y con menos burocracia"
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