Cuando una persona se encuentra en una situación de desempleo y ha agotado la prestación contributiva del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), la conocida como el paro, puede saber que, en función de su contexto familiar y su edad, puede solicitar una u otra ayuda. Se trata de una serie de subsidios por desempleo que tienen un carácter no contributivo y que cuentan con diferentes características que las hacen únicos, aunque también con puntos en común.
Uno de estos es el subsidio para mayores de 45 años, destinado a aquellos desempleados que no tienen cargas familiares y que han agotado todo el tiempo que les correspondía de paro. Es una ayuda del SEPE que cuenta con una duración de 6 meses como máximo durante los que se cobrarán 463,20 euros al mes para el beneficiario de esta prestación. Todo ello siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos por la administración pública de empleo y que se recogen en la guía sobre el subsidio para mayores de 45 años.
Pero para poder acceder a esto es necesario saber exactamente cuándo se puede llevar a cabo la tramitación de la ayuda económica del SEPE. Ya que no será inmediatamente después de haber terminado con el cobro de la prestación contributiva por desempleo. Sino que hay que tener paciencia y esperar durante un periodo de tiempo mínimo en el que el demandante de empleo no está libre de algunas obligaciones para poder recibir esta cuantía si finalmente fuese necesario y no ha encontrado trabajo.
A partir de cuándo se puede solicitar el subsidio
Lo primero que una persona que está desempleada tiene que tener claro es a partir de cuándo tiene derecho a cobrar esta prestación no contributiva que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal. Para ello hay que saber de la existencia del “mes de espera”, un término muy conocido ya que trata de un periodo de tiempo en el que el desempleado no puede cobrar ninguna otra ayuda por parte del SEPE para tener derecho a cobrar otro tipo de prestación por desempleo.
Pero, ¿qué es exactamente el mes de espera? Este término es cuando un desempleado ha terminado de cobrar el paro y sigue sin encontrar trabajo, es entonces cuando piensa en solicitar otra ayuda al Servicio Público de Empleo Estatal. Pero antes de pedir la nueva cuantía, ya de 463,20 euros mensuales, debe esperar 30 días sin cobrar ninguna otra prestación, siendo lo que se conoce como “mes de espera”.
Además, durante esos 30 días es necesario que se siga acreditando que se cumple con la Búsqueda Activa de Empleo (BAE). Y, además, no se puede rechazar ninguna oferta de empleo que se coordine por parte de los funcionarios del Servicio Público de Empleo Estatal y que pueda ir acorde con su colocación profesional dentro del mercado laboral.
Hay un límite de tiempo para pedir el subsidio de los mayores de 45 años
Una vez pasen esos 30 días en los que el desempleado no ha obtenido ingresos, puede solicitar la nueva prestación, siendo el subsidio para mayores de 45 años. Para ello dispondrá de un total de 15 días hábiles desde el primer día después de que se cumpla el mes de espera. Es decir, si se acaba el día 1 de marzo, podrá solicitar esta ayuda hasta el día 22 de marzo de este año 2022, siendo este el último día para hacerlo, ya que, en el caso contrario, perdería el derecho a pedir y cobrar esta cuantía mensual del SEPE durante los 6 meses que tiene de tiempo límite.
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