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Si conduces a 120 km/h por el carril izquierdo y alguien te quiere adelantar, ¿estás obligado a apartarte? Esto es lo que dice la DGT

El reglamento aclara cómo debe actuar cada conductor en esta situación.

Un coche adelantando por la izquierda
Si conduces a 120 km/h por el carril izquierdo y alguien te quiere adelantar, ¿estás obligado a apartarte? Esto es lo que dice la DGT |IA
Antonio Montoya
Fecha de actualización:
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No es la primera vez que vamos conduciendo por la autovía y un coche nos quiere adelantar justo cuando vamos por el carril izquierdo, ya sea porque nosotros acabamos de adelantar también o por circunstancias de la conducción. Esta situación suele provocar malentendidos e incluso tensión entre los conductores, que no hace sino derivar en que el coche que va detrás queriendo adelantar nos ponga las largas o hasta, los más temerarios, acaben adelantando por la derecha.

La regla de circular por la derecha está para este tipo de situaciones precisamente, se creó con el objetivo de favorecer el orden y la seguridad de la conducción. Pero aunque la normativa exige circular por la derecha, a diario vemos situaciones en que ambos coches pretenden circular por la izquierda. Es por eso que la DGT ha querido aclarar la duda de qué ocurre cuando un coche va a 120 km/h por el carril izquierdo y otro quiere adelantar, ¿debe apartarse o no?

Es obligatorio circular por el carril derecho

No importa tanto las circunstancias (si acabamos de adelantar o preferimos continuar conduciendo por la izquierda) como la norma base, o la que predomina sobre las demás, y a esa hay que atender: Los vehículos (incluyendo a aquellos que tienen una Masa Máxima Autorizada (MMA) superior a 3.500 kilos) tienen que circular, obligatoriamente, por el carril derecho de autopistas y autovías.

Esta norma viene recogida en el artículo 31 del Reglamento General de Circulación (RGC): “Fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de la marcha, el conductor de un automóvil circulará normalmente por el carril situado más a la derecha”.

Esta regla se aplica a todos los vehículos sin excepción, da igual a la velocidad que vayan conduciendo. Si un vehículo lleva una velocidad de 120 km/h, el máximo permitido en este tipo de vías, deberá ir por el carril derecho, dejando libre el de la izquierda. Este está reservado, únicamente, para adelantar.

La normativa además enfatiza en que “se podrá utilizar el resto de los del mismo sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga”. Es decir, aunque hubiera un obstáculo o la calzada esté en mal estado en el carril derecho, debemos dejar libre el izquierdo cuando alguien pretende adelantar.

Se considera una infracción grave

Este tipo de acciones se castiga con una multa de 200 euros, sin pérdida de puntos en el carnet. Además, esta sanción no solo se aplica al conductor que adelanta por la derecha sin respetar la normativa establecida, sino que también afecta y se considera infracción grave circular por el carril centralizquierdo sin necesidad, ya que supone hacerlo de forma incorrecta y, además, entorpece el flujo normal del tráfico, afectando al resto de usuarios que circulan correctamente.

La norma se aplica para todo el mundo igual y en todas las circunstancias, incluso cuando se pretende adelantar a la Guardia Civil o a algún coche de las autoridades, que es otra de las dudas comunes entre los conductores.

Hay excepciones

Los artículos 82 y 83 del Reglamento General de Circulación (RGC) recogen las excepciones a esta norma. Se permite adelantar por la derecha en los siguientes casos:

  • Cuando el vehículo que se va a superar ha señalado claramente su intención de girar a la izquierda o detenerse en ese lado.
  • Cuando se circula por el carril derecho durante un atasco, ya que en ese contexto se considera un rebasamiento y no un adelantamiento.

Además, en una vía urbana con dos o más carriles por sentido, debidamente delimitados, el conductor puede ocupar el carril que más le convenga según su destino.

Por lo tanto, en ciudad sí es posible adelantar por la derecha:

“Dentro de los poblados, en las calzadas que tengan, por lo menos, dos carriles reservados a la circulación en el mismo sentido de marcha, delimitados por marcas longitudinales, se permite el adelantamiento por la derecha”.

Para poder hacer esto primero hay que estar seguro de que la maniobra en sí no supone ningún peligro para el resto de conductores o compromete la seguridad vial.