Fin de la mascarilla en interior. Hoy, 20 de abril, ya no será necesaria llevarla. Tras su aprobación en Consejo de Ministros, y su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), este Real Decreto acaba con la obligación de llevar el cubrebocas en espacios interiores. Una norma que, si bien relaja a obligatoriedad del uso de las mascarillas, recoge distintos escenarios donde seguirán siendo obligatorias. Aunque, pese a ello, supone un paso más para dar la pandemia por finalizada.
Así lo adelantó la ministra de Sanidad, Carolina Darias, que avisó de que las mascarillas se mantendrán en el interior de los centros, servicios y establecimientos sanitarios. Para ser más específicos, en hospitales, centros de salud, de transfusión de sangre y farmacias, ya que son “establecimientos sanitarios a los que va gente también vulnerable”, según aseguró la propia Darias en una entrevista para El País.
Esta obligación se expande también a otros ámbitos además del sanitario, donde empleados y visitantes tendrán que llevarla (para los residentes será opcional). En concreto, hasta que se revelen más detalles en el BOE, habrá que ponérsela en todos los transportes públicos: “Por avión, por ferrocarril, por guagua, en metro y en barco, en interior, siempre que no puedas mantener esa distancia de un metro y medio”, recalcó la ministra. “No hay ninguna excepción en los transportes públicos. En todos hay que llevarla”, resumió como postura del Gobierno.
Ahora, ¿seguirá siendo obligatoria en los centros de trabajo? ¿Y en los centros escolares? A continuación se explica cómo se aplicará el Real Decreto en estos espacios, según el contenido de la norma que se ha adelantado hasta el momento.
Uso de la mascarilla en los centros de trabajo
En cuanto a la obligación de llevar la mascarilla en el trabajo, serán las propias empresas las que decidirán si se mantiene o no. La responsabilidad recaerá en el departamento de Riesgos Laborales, encargado de evaluar la situación de cada compañía y dictaminar si es obligatorio el uso del cubrebocas o no en sus interiores.
“Serán los servicios de prevención de cada empresa los que determinen la obligatoriedad en función de las circunstancias donde se desarrolle el trabajo”, indicó Carolina Darias en la citada entrevista. ¿Cómo tomarán esta decisión? Aunque los criterios se detallarán con exactitud en el Boletín Oficial del Estado (BOE), tras su aprobación en Consejo de Ministros, hay aspectos que deberán de cumplir.
Se podrá prescindir de las mascarillas en el trabajo cuando se pueda garantizar una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros y se mantenga una ventilación adecuada del espacio. También se tendrá que valorar si en la plantilla hay una alguna persona vulnerable, ya que se tiene que garantizar su salud al igual que las del resto. De ese modo, las empresas podrían obligar a llevarla si se justifica por motivos de seguridad.
Asimismo, aunque la empresa decidiera que no hay que llevarlas, el empleado está en su derecho de seguir portándolas. En ningún caso, podrían obligarle a quitarse el cubrebocas, de la misma forma que no se puede obligar a los clientes que acudan al establecimiento a tener que llevarlo, incluyendo restaurantes, tiendas o centros comerciales. En este sentido, la ministra de Sanidad aludió al “uso responsable”.
Esto es, saber cuándo ponérsela, aunque no sea estrictamente obligatorio. Por ejemplo, cuando se congregue un gran número de personas en el mismo lugar o no haya suficiente distancia.
Mascarilla en los centros escolares
Los centros escolares también se despiden de la mascarilla. Alumnos y profesores vuelven a verse las caras, aunque se recomienda su uso en ambos para aquellas personas vulnerables. La norma se aplica a todos los niveles educativos: colegios, institutos y universidades, y se podrá prescindir de ella tanto en clase como en sus espacios comunes (bibliotecas, pasillos…) y el recreo. De hecho, en Cataluña se adelantaron un día. sumándose el resto del país hoy miércoles.
Esta medida, sin embargo, podría tener dos excepciones: que se produzca una incidencia muy alta, motivo que podría llevar a la Consejería de la comunidad a obligar el uso de la mascarilla, o en caso de contagiarse de coronavirus. En tal caso, la persona afectada tendría que llevarla puesta durante 10 días desde que se contrajo la enfermedad.
Lo más leído
-
Yolanda Díaz confirma la subida del SMI en 2025 hasta los 1.166 euros como mínimo
-
Una mujer pierde el Ingreso Mínimo Vital debido a que el "rito gitano" no se considera pareja de hecho a ojos de la Seguridad Social
-
Una pareja gana más de 130 millones de euros en la lotería y sorprenden con su primera compra
-
Así subirán las pensiones mínimas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente a partir de 2025, según el borrador de la Seguridad Social
-
Precio de la luz por horas mañana jueves, 28 de noviembre: cuándo es más barata y más cara
-
Mercadona ofrece empleo de 10 de la noche a 6 de la madrugada por un sueldo de hasta 2.102 euros más plus de nocturnidad