Orange y sus particulares métodos de comunicación vuelven a ser condenados. El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Las Palmas de Gran Canaria ha sentenciado a la compañía de telecomunicaciones francesa a pagar 900 euros a un cliente por traspasar la línea del procedimiento habitual y abrumar a un cliente a través de todo su arsenal comunicativo: SMS, llamadas telefónicas, correos electrónicos y recibos que no correspondían.
“Una presión reiterada por parte de los mecanismos de cobro de la demandada”, como califica el fallo, que, unida a la imposibilidad de contactar con los servicios de la empresa, ha acabado por generar un daño moral al afectado que Orange tendrá que compensar por la vía económica. Los hechos se remontan a 2019, cuando el demandante certificó su baja unilateral de la compañía. O al menos, eso creía, ya que esta no lo aceptó. Para ello, puso en marcha toda su maquinaria.
Acusaciones falsas de Orange
A pesar de que el ya excliente había cumplido con todos los pasos del procedimiento, incluido el depósito de los aparatos correspondientes en la oficina de la compañía telefónica, Orange le solicitó el pago de penalizaciones en concepto de un supuesto incumplimiento del contrato y consumo de productos y servicios que no había realizado mediante llamadas y mensajes.
Cuando el cliente trató de rebatir estas supuestas falsas acusaciones, le resultó imposible. Orange había levantado un muro comunicativo con tal de no recibir, o dificultarlo al máximo, las explicaciones y justificaciones de este acerca del porqué se había dado de baja. La empresa, en lugar de atenderle y acceder a dialogar sobre la situación, continuó con sucesivas y constantes emisiones de llamadas, SMS y facturas de cobros indebidos.
“Menoscabo y quebranto de la esfera personal”
Tal y como recoge la sentencia, esto “ha ocasionado un menoscabo y afectación personal” al antiguo usuario por una doble vertiente. Primero, por afrontar “una situación de incertidumbre en cuanto a la deuda injustificada que se le reclamaba (...)”. Posteriormente, tuvo que soportar “las advertencias y consecuencias que se le indicaban que se realizarían en caso de no abonar las cantidades que, a todas luces, resultaban indebidas”.
En un principio, la acusación solicitaba 2.000 euros por los daños y perjuicios ocasionados por Orange. Sin embargo, acabó por rebajarlo a 900 debido a que el demandante fue incapaz de justificar el daño ocasionado mediante tal cantidad.
Orange, reincidente
“Un daño moral indemnizable” ocasionado por la “impotencia, ansiedad e incertidumbre” de Orange en su actuación, que traspasó los límites de la ética y la moralidad y hasta la legalidad, según desprende la sentencia judicial. Y no se trata de la primera vez que los magistrados reprimen a la empresa por tales métodos de actuación, que supusieron un “un quebranto en la esfera personal” del afectado, que, como asimismo apunta la sentencia, actuó con la diligencia debida usando “todos los medios a su disposición”.
En 2017, un Juzgado de Valencia le prohibió toda comunicación con un antiguo cliente y con su familia, incluida una hija menor de edad, como medida cautelar al tiempo que se resolvía, también, una denuncia por acoso telefónico junto al reclamo de una deuda que acabó por brillar por su ausencia.
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