La lucha contra la disminución y eliminación de las situaciones de marginación y desigualdad económica y social, así como la lucha contra la exclusión es algo que se ha visto potenciado tras la llegada del Covid-19. Es por ese motivo que, en Andalucía, existe la Renta Mínima de Inserción Social, que ofrece la Junta, cuyo objetivo es ofrecer una ayuda económica a aquellas personas y familias que carecen de ingresos económicos suficientes.
Todo ello debido a que dichas personas no tienen los ingresos suficientes como para cubrir sus necesidades básicas diarias, lo que hace que cada vez sea más complicado abandonar esa situación. Eso se ha visto incrementado con la crisis provocada por el coronavirus, ya que ha supuesto que muchas familias que antes sí podían tener un sueldo mínimo para llegar a fin de mes, ahora se vean completamente ‘ahogados’ económicamente hablando.
Para poder acceder a la Renta Mínima de Inserción Social que ofrece la Junta de Andalucía será necesario cumplir con una serie de requisitos específicos. Y es que no todo el mundo puede tener acceso a ella, sino que está dirigida a cuatro tipos de personas, cada una con una condición exclusiva y siempre situada en un contexto diferente.
¿Qué es la Renta Mínima de Inserción Social?
La Renta Mínima de Inserción Social andaluza es una ayuda económica que se entrega a aquellas personas y familias que se encuentran en riesgo de pobreza al carecer de ingresos económicos suficientes. Entre esas situaciones se encontraría la pobreza y el alto riesgo de exclusión social, y, con ésta, se trata de luchar contra la marginación y la desigualdad tanto social como económica en la comunidad autónoma andaluza. Todo ello a través de un pago mensual que está destinado a una serie de personas.
¿Quién tiene derecho a solicitar la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía?
Para poder tener acceso a este tipo de ayuda económica que se ofrece desde los Servicios Sociales de todos los ayuntamiento de Andalucía, hace falta cumplir con una serie de condiciones. Una de ellas es pertenecer a un grupo exclusivo de personas situado en un contexto de emergencia, independientemente de si es social o económica. Las personas que pueden solicitar esta prestación son:
- Las que tengan una edad entre 25 y 64 años.
- Las que tengan entre 18 y 24 años, pero siempre que se cumplan una serie de requisitos, que son:
- Tener menores o personas con discapacidad a cargo.
- Ser huérfano de ambos padres.
- Haber sido acreditada como víctima de violencia de género.
- Haber estado, como mínimo, durante un año en el sistema de protección de menores.
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Tener una unidad familiar de dos o más personas pero sin menores a cargo. En este caso, se deberá certificar que se ha vivido, al menos, 2 años, de manera independiente.
- Encontrarse en una situación de urgencia social.
- Podrán solicitarla los menores de entre 16 y 17 años siempre que:
- Tengan menores a ellos o personas con discapacidad a cargo.
- Hayan sido víctimas de violencia de género de manera certificada.
- Estar en una situación de emergencia social.
- Personas de 65 años o más: Para ello deberían detallar que tienen personas menores viviendo con ellos y estando a su cargo.
Solo si se pertenece a un grupo de estas personas se podrá tener derecho a solicitar este subsidio a los Servicios Sociales andaluces. Por lo que podrán acudir al Ayuntamiento de su localidad o poder pedirlo a través de internet siguiendo los pasos que se mostrarán más adelante.
¿Cuáles son los requisitos?
Más allá de las condiciones ya mencionadas, las personas que puedan tener acceso a esta prestación que ofrece el Gobierno de la Junta de Andalucía deberán cumplir, a su vez, una serie de requisitos específicos. Hay que destacar que no es necesario cumplir con la todos las condiciones que se van a detallar, sino que, en muchos casos, se pueden acreditar solo algunos, siempre y cuando el solicitante se encuentre en una situación de emergencia social. Estos requisitos que se exigen desde la Junta son:
- El solicitante debe residir y estar empadronado dentro de Andalucía durante, al menos, un año antes de presentar la solicitud. Aunque existen algunas excepciones por las que se puede no cumplir esta medida, estas son:
- Por fallecimiento de los padres.
- Matrimonio.
- Pareja de hecho inscrita.
- Nacimiento o adopción de hijo.
- Separación familiar.
- Deberá estar inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) como demandante no ocupado.
- Tener unos recursos económicos mensuales menores a los que se conceden en la Renta Mínima de Inserción Social.
- No tener dinero en efectivo o un depósito bancario de una cuantía diez veces más que el IPREM. Es decir, por valor de 5.469 euros (el IPREM es de 546,9 euros).
- Tener un compromiso de participación y cumplimiento del plan de inclusión sociocultural integrado en el formulario.
- Deberá estar dado de alta en el centro de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).
A las condiciones mencionadas anteriormente hay que sumarles estos requisitos que se han establecido desde la Junta de Andalucía. Estos, en su gran mayoría, se deberán acreditar la documentación necesaria para certificar el cumplimiento de dichos requisitos.
¿Cómo saber si se tiene derecho a solicitarla?
Para saber si una persona tiene o no derecho a solicitar esta prestación, más allá de detallar quienes son aquellas que pueden tener acceso, desde la Junta de Andalucía se ha elaborado una plataforma online para resolver estas dudas. El Gobierno andaluz, a través de su portal web, ha creado un simulador para saber si una persona puede o no pedir la Renta Mínima.
Una vez se acceda a dicho simulador, será necesario rellenar los datos que solicitan por parte de la administración pública. Esta documentación necesaria para calcular si se tiene derecho o no será poner en el formulario que aparece los siguientes datos personales del solicitante:
- Fecha de nacimiento.
- Si tiene o no custodia compartida de un menor.
- Si recibe o no una pensión de orfandad.
- Si tiene o no un grado de discapacidad.
- Cuáles son los ingresos mensuales.
- Cuánto dinero en efectivo tiene.
Además, también se deberá rellenar los datos del cónyuge si se tiene y convive con él o ella. Una vez completados se clica ‘siguiente’, apareciendo otro pequeño cuestionario donde se preguntará:
- Si ha vivido en el mismo domicilio durante el último año.
- Si está o no inscrito en el SAE.
- Si tiene entre 25 y 64 años.
- Si reside en algún centro especial.
- Si se encuentra desempleado.
Al final de este segundo cuestionario, se clicará la opción ‘calcular’ y saldrá el resultado del simulador, respondiendo a la pregunta si se tiene o no derecho a solicitar este tipo de prestación. En caso afirmativo, se darán también los pasos a seguir para solicitarla tanto de manera online como presencial, dependiendo de como se desee en cada caso.
Cómo solicitar la Renta Mínima de Inserción Social
Si resulta que se puede iniciar la tramitación para solicitar la Renta Mínima, se podrá realizar de manera presencial o de manera online. Para ello, lo primero será necesario contar el formulario de la solicitud, que se deberá completar y entregar junto a esta documentación:
- Certificado de empadronamiento de todas las personas que forman la unidad familiar en Andalucía.
- Documento bancario donde se refleje el código IBAN y la entidad bancaria.
Para poder realizar esta solicitud se puede hacer, por un lado, de manera presencial. Para ello, el interesado debe acudir al Centro de Servicios Sociales Comunitarios correspondiente a su municipio de residencia. Una vez ahí, deberá entregar toda la documentación mencionada para poder formalizar la solicitud.
Por otro lado, si se prefiere realizar la solicitud de manera online, será necesario entrar en la ventanilla electrónica de la administración de la Junta de Andalucía. Una vez ahí, dirigirse a la opción de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, y seguir los siguientes pasos:
- Clicar en la opción ‘Solicitud de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía’.
- Una vez ahí, clicar en ‘nueva solicitud’. Pudiendo identificarse con tres métodos distintos:
- Certificado digital.
- Cl@ve.
- Con el DNI.
- Una vez identificados, aparecerá la siguiente pantalla, en la que se pinchará en ‘iniciar’, para comenzar la solicitud.
- Al entrar aparecerá un formulario de 4 páginas que se deberá ir completando con los datos de la persona solicitante así como de su cónyuge o hijos menores a cargo, si tuviese.
- Una vez completado el formulario, se deberán adjuntar los diferentes documentos que se han detallado anteriormente para, así, completar la solicitud y poder enviarla correctamente a los Servicios Sociales de la Junta de Andalucía y que, con ello, pueda ser aprobada. Una vez presentada, desde la administración tendrán dos meses como máximo para dar respuesta a esta solicitud.
Cuánto dura y cuánto se sobre de Renta Mínima en Andalucía en 2021
Si la solicitud ha sido aprobada, se debe conocer de cuánto va a ser la cantidad económica que se reciba por parte de los Servicios Sociales para estas personas y familias que están en riesgo de exclusión social. La cantidad será la correspondiente al 78% del IPREM, es decir, 440,62 euros mensuales. Aunque se aumentará la cuantía en 56,49 euros por cada hijo menor a cargo, hasta un máximo de 706 euros. Para ello, hay que diferenciar la cantidad de miembros que pueda haber en una unidad familiar, quedando de la siguiente manera:
Por último, en relación a la duración de esta prestación, hay que recordar que tendrá un tiempo de pago inicial de 12 meses (un año), aunque se podrá solicitar prórrogas por períodos de 6 meses mientras se cumplan las condiciones por las que fue aprobada. En caso de que no se cumpla alguna, esta ayuda podría ser retirada.
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