¿Qué significa el aviso del SEPE respecto a quiénes tienen derecho al aumento o complemento de la prestación por ERTE por tener hijos a cargo?. Es lo que muchas personas que se están preguntado durante las últimas semanas. Pues bien, te ayudamos a aclarar todas tus dudas, si tienes o no derecho.
Una vez accedemos a la página del SEPE nos encontramos con este aviso importante
Al pulsar sobre “mas información” nos dirige a este documento que, informa sobre el procedimiento, pero no sobre la relevancia de tener una base reguladora inferior o superior a 52,29 euros.
Pero, ¿Cuál es la importancia de tener una base reguladora superior o inferior a 52,29 euros?
La cuantía que se cobra en una prestación por desempleo especial por ERTE es el 70% de la base de cotización que el trabajador tiene en su empresa. Si durante los últimos 180 días en dicha empresa el trabajador tuvo distintas bases de cotización, entonces se hará una media.
Cuando se calcula el 70% de la base, se obtiene la cantidad que inicialmente debería cobrar el trabajador por estar en ERTE, pero en esa cantidad hay que comprobar si se queda por debajo o por encima de unos límites que establece la normativa. Si el contrato es a tiempo parcial o ERTEs parciales, hay que reajustar los límites de forma proporcional.
¿Cuál es la cantidad mínima a cobrar en las prestaciones por desempleo por un ERTE?
Ninguna persona que cobre su prestación por desempleo debido a un ERTE de su empresa, si tiene un contrato a jornada completa, puede cobrar menos de estas cantidades:
- Sin hijos: 501,98 eur
- 1 hijo o más: 671,40 eur
- En los casos de contratos a tiempo parcial hay que recalcular los límites y reducirlos en la misma proporción.
Este límite mínimo habitualmente se supera, con las subidas que se han producido del salario mínimo interprofesional en los dos últimos años (950 euros/mes en 14 pagas). En todo caso conviene comprobar la base reguladora diaria y en el caso de que esté por debajo de los 31,97 euros al día (para jornada completa, dividiendo la base mensual del sueldo entre 30 días), solicitar el incremento.
¿Y cuál es la cantidad máxima a cobrar en las prestaciones por ERTE?
Estas son las cantidades máximas para contratos a jornada completa que se pueden recibir por la prestación por ERTE:
- Sin hijos: 1.098 euros
- 1 hijo: 1.254,96 euros
- 2 hijos: 1.411,83 euros
El erróneamente llamado “complemento por hijos de los ERTE” entra en funcionamiento en este caso para elevar el tope máximo de lo que se puede cobrar cuando la base reguladora diaria del trabajador está por encima de los 52,29 euros (base de cotización mensual dividida entre 30) Hay muchas personas en ERTE y con hijos a cargo que no percibirán este aumento del tope superior por no alcanzar esa cantidad.
Cuando el SEPE en su aviso dice que “no se aplicará el aumento de la prestación por hijos a cargo a quienes tengan una base reguladora inferior a los 52,29 €” está diciendo que únicamente se van a beneficiar de la mejora aquellas personas con hijos a cargo que se hayan visto afectadas por la aplicación del límite superior.
Tener una base reguladora de 52,29 € al día, significaría tener un sueldo bruto aproximado de 1.568 euros (52,29 € x 30).
Únicamente los trabajadores con un sueldo bruto por encima de los 1.568 euros al mes (52,29 euros de base reguladora diaria), es cuando hay una mejora por tener hijos, ya que únicamente a estos trabajadores se les subirá la prestación pasando del tope inicial (1.098,09 euros), a poder cobrar 1.254,96 euros al mes si tienen un hijo, o 1.411,83 si tienen más.
Qué debes hacer para reclamar el incremento de tu prestación
Durante las primeras nóminas (marzo y abril), el SEPE ha pagado las prestaciones sin tener en cuenta la existencia de hijos a cargo. En aquellos casos en los que el trabajador tiene una base diaria superior a 52,29 euros y por ello se ve afectado por la aplicación de los topes máximos, el SEPE debe recalcular la nómina y abonar al trabajador las cantidades correctas, con efecto retroactivo.
El SEPE está enviando dos tipos de comunicaciones:
- Un archivo Excel junto con un mail explicativo como este
- En otros casos, desde los servicios de atención telefónica, se ha solicitado días atrás a los trabajadores que envíen documentación (libro de familia, DNI de los hijos si lo tienen, etc) a través de una cuenta específica de correo electrónico de cada una de las direcciones provinciales. Mails como este
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