¡La respuesta es sí! Existen ciertas situaciones, con circunstancias concretas, en las que es compatible cobrar el paro y otras ayudas sociales. Vamos a estudiarlas en detalle.
Primero nos vamos a centrar en la prestación por desempleo y su compatibilidad con otras ayudas y prestaciones.
Cobrar el paro más una pensión por Incapacidad Permanente
Este caso dependerá del grado de Incapacidad Permanente que tenga reconocida el interesado/a. Si el grado es absoluto o de gran invalidez, incapacita totalmente para trabajar en cualquier puesto, por lo que no se podría cobrar ninguna ayuda por desempleo, ya que ésta se destina a cubrir necesidades subyacentes de estar desempleado y en búsqueda de empleo.
En el caso de recibir una pensión por Incapacidad Permanente Total que incapacite para trabajar en el trabajo habitual pero se pueden llevar a cabo otros trabajos distintos al puesto que se ocupaba anteriormente, si el implicado cotiza en este trabajo distinto (compatible con la Incapacidad Permanente Total), al menos 360 días, podrá solicitar el paro, en este caso compatible con la pensión.
Cobrar el paro más una pensión por viudedad
La pensión de viudedad es compatible con la prestación por desempleo y con el subsidio.
En el caso del subsidio, no permite superar el límite de rentas de 675 euros al mes con esta pensión para poder recibirlo. En el caso de tener una pensión de viudedad inferior al límite, pero percibir un complemento a mínimos que haga que se rebase dicho límite, puede renunciarse a este complemento y, no superando el límite de rentas, compatibilizar subsidio y pensión de viudedad.
Cobrar el paro más una ayuda por hijo a cargo
Este tipo de ayudas por hijo a cargo son una prestación asistencial otorgada por cada hijo menor de 18 años, o mayor de edad en caso de discapacidad del 65% o superior. Estas ayudas son totalmente compatibles con el cobro del paro.
Cobrar el paro y recibir indemnización por despido
Los despidos, siempre que no sean por causas disciplinarios, requieren una indemnización. El despido es la situación más común que implica la solicitud del paro o del subsidio por desempleo.
Esta indemnización es totalmente compatible con la prestación contributiva por desempleo o un subsidio, y no será tenida en cuenta a la hora de hacer un cómputo de las rentas máximas para pedir las ayudas por desempleo.
Si se solicita un subsidio por desempleo, si hay que tener en cuenta que si la indemnización genera intereses, por ejemplo al encontrarse en un depósito bancario, estos interese si se tiene en cuenta para calcular si el solicitante supera el límite máximo de ingresos de 675 euros al mes.
Cobrar el paro más una beca formativa
Las becas formativas pueden ser compatibles con el paro o el subsidio siempre que cumplan uno de este fin: suplir o compensar gastos: alimentación, alojamiento, transporte… Si la beca formativa paga por los servicios que se realizan en el puesto asignado para esa beca, ni el paro ni otra ayuda es compatible, ya que se consideraría al interesado como si estuviera trabajando.
En el caso de las becas de investigación, son incompatibles con cualquiera de las ayudas por desempleo si éstas suponen una dedicación exclusiva, imposibilitando la búsqueda activa de empleo. En este caso, además, este tipo de becas implican el alta en la Seguridad Social y conllevan una remuneración, por lo que se equipara a estar trabajando.
Otras ayudas sociales compatibles en España
El Ingreso Mínimo Vital y otro tipo de ayudas de inserción social
La Renta Mínima Vital fue aprobada como una ayuda para mejorar la situación de familias en pobreza extrema a causa de la pandemia sanitaria por coronavirus. Sin embargo, las distintas Comunidades Autónomas de nuestro país ya contaban con ayudas económicas de características parecidas, gestionadas por el SEPE.
Este tipo de prestaciones reciben el nombre de Rentas de Inserción Social, y son compatibles con el Ingreso Mínimo Vital.
Te recomendamos que leas nuestro artículo sobre el tema y conozcas todas las ayudas que existen y su compatibilidad entre ellas en este enlace:
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El país de Europa que aprobó la jornada laboral de 4 días en 2019 y que cinco años después la productividad ha aumentado
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana, 23 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía