Consciente de la necesidad económica que pueden tener muchos desempleados, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) contempla dentro de sus ayudas asistenciales una específica para todos aquellos que no hayan llegado a cotizar un año y, por tanto, no tienen derecho a acceder a la prestación contributiva por desempleo (el paro). Consiste en el subsidio por insuficiencia de cotización y para disfrutar de él hay que cumplir con unas exigencias previas.
Este subsidio no contributivo de casi 500 euros tiene unos beneficiarios claros. Pueden percibirlos aquellos que no han logrado completar 360 días de cotizaciones por trabajo en los últimos seis años. Para cobrarlo, se deberá demostrar tener una carencia de rentas y que se necesita una ayuda existencial para no caer en una situación de vulnerabilidad económica.
Cabe mencionar que en el caso de ser personas desempleadas que hayan cumplido los 52 años o más, pueden cobrar el subsidio para mayores de 52 años. Este tiene dos ventajas, la primera es que se cobra de manera indefinida. La segunda, que cotiza para la futura pensión de jubilación.
Requisitos para cobrar el subsidio por insuficiencia de cotización en 2024
Desde el SEPE explican que será obligatorio cumplir con los requisitos expuestos más abajo. Cabe recordar, que estas ayudas estan destinada a desempleados con graves dificultades económicas. Así, estos son los requisitos:
- Tener la condición de desempleado o estar en una situación legal de desempleo.
- Figurar inscrito como demandante de empleo. Una inscripción que se debe mantener durante todo el tiempo que se cobre.
- Haber suscrito el compromiso de actividad.
- Las rentas mensuales nunca deberán ser superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional. Esto significa que los ingresos mensuales del beneficiario nunca podrán ser mayores a los 750 euros.
- Demostrar un periodo mínimo de cotización, en función de si se tienen cargas familiares o no:
- Si se tienen, acreditar que se ha cotizado por desempleo un mínimo de tres meses.
- Si no se tienen, acreditar que se ha cotizado por desempleo un mínimo de seis meses, pero menos de 360 días.
Como se puede comprobar, el objetivo de esta prestación no contributiva es la de ayudar a todos los trabajadores posibles cuando rompen su relación laboral con la empresa hasta ese momento.
Es más, si no se cumple con la carencia de rentas o de responsabilidad familiar, “podrá obtener el subsidio si usted justifica que cumple estos requisitos dentro del plazo de un año desde que se produjo la situación legal de desempleo”, exponen desde el SEPE.
Duración y la cuantía del subsidio
La cuantía es la misma para todos los subsidios por desempleo, como contempla la normativa legal. En 2024, las personas tendrán derecho al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), o lo que es lo mismo, una mensualidad de 480 euros al mes.
La duración varía en función de si el beneficiario tiene o no cargas familiares y los meses cotizados por trabajo, siendo la siguiente:
- Cuando no se tienen familiares a cargo, se podrá cobrar por un máximo de 6 meses, si se demuestra que se han cotizado un mínimo de seis meses.
- Cuando sí se tienen familiares a cargo:
- Se podrá cobrar por 3,4 o 5 meses, siempre que se haya cotizado un mínimo de 3, 4 o 5 meses, respectivamente.
- Durará hasta 21 meses si se han cotizado un mínimo de seis meses o más. Se otorgará durante seis meses, por primera vez. Después, se irá renovando en periodos de seis meses.
Cuando esas personas sin trabajo sean fijas discontinuas, la duración será igual al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud y la cuantía se fijará en función a las horas previamente trabajadas en el último contrato.
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