
El próximo 6 de abril, comenzará la campaña para la declaración de la Renta 2020 2021 y con la mirada puesta en los 900.000 trabajadores en ERTE y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital o IMV.
Para aquellas personas que cobran esta renta básica han recibido en estos días una carta o un mensaje de texto SMS en el que, la Seguridad Social les solicitaba realizar la declaración de la renta para poder seguir cobrando la ayuda.
En este punto son muchas la dudas de los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital ¿tengo la obligación de hacerla? ¿Qué pasa si no la hago? ¿Me saldrá a pagar?
Tengo la obligación de hacer la declaración de la renta si cobro el Ingreso Mínimo Vital
La respuesta es no, no hay obligación de hacerla, pero si quieres seguir cobrando la renta básica del INSS, sí.
Noticiastrabajo.es ha consultado con un experto de la Agencia Tributaria y este explica que no hay obligación de presentar la declaración del IRPF si no se supera el umbral fijado por la administración que son 22.000 euros anuales o 14.000 euros cuando existan dos pagadores y este segundo lo haga por más de 1.500 (caso de los miles de trabajadores en ERTE).
Entonces ¿Por qué debo de presentarla? La Agencia Tributaria explica que el Instituto Nacional de la Seguridad Social necesita tener una referencia sobre los ingresos del beneficiario de la ayuda para comprobar que reúne este requisito económico, que es no superar el umbral de ingresos fijado para la unidad de convivencia. Puede consultar aquí todos los requisitos para cobrar el ingreso mínimo vital.
¿Tienen que hacer la declaración de la renta todos los miembros de mi unidad de convivencia?
Si, todos los miembros de la unidad de convivencia tienen la obligación de hacer la declaración de la renta, incluso los menores de edad. Esto significa que los menores de edad deberán de incluirse obligatoriamente en las declaraciones de los padres o tutores en su caso.
¿Me saldrá a pagar?
Depende de los ingresos del contribuyente, de las retenciones aplicadas y de si cuenta con otros ingresos o prestaciones que sean contributivas. Aquellas personas que cobren el IMV, deben saber que la renta vital es una prestación no contributiva, es decir, que no tributa IRPF ni cotiza a la Seguridad Social.
Por esta razón, los expertos han asegurado que en la mayoría de los casos, las personas que cobren la renta mínima vital el importe a pagar en su renta será 0.
¿Qué pasa si cobro el IMV y no hago la declaración de la renta?
Las personas que cobren el IMV y no superen los ingreso fijados para la campaña de la renta 2020 2021 no tienen la obligación de hacerla. Pero hay que advertir que de no hacerla, la Seguridad Social no podrá certificar los ingresos del beneficiario y podrá retirar la prestación en un futuro.
Por lo que si la intención del beneficiario es seguir cobrando el Ingreso Mínimo Vital estaría expuesto a que la Seguridad Social se la pueda retirar en cualquier momento.
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