¿Hacienda puede pedir que se declare el envío de dinero por Bizum? La respuesta es sí, y no solo por Bizum, sino por cualquier tipo de plataforma on-line. Esto es debido a que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha establecido un límite de dinero que se puede enviar, ya sea por transferencia bancaria o por Bizum, por el que se debe o no declarar ante Hacienda.
Tanto es así que, en muchas ocasiones aquellas personas que utilizan la plataforma por excelencia para enviar dinero a otras personas, Bizum, no son conscientes de esto debido a que, por lo general, son unas cantidades pequeñas. Pero que deben tener cuidado si envían una gran cantidad de dinero debido a que deben encontrarse en esta situación de tener que presentar la declaración ante Hacienda.
Se trata de una cantidad bastante alta de dinero, pero que, a la hora de grandes compras o incluso transferencias debido a un trabajo, hay que tenerla en cuenta para evitar posibles problemas. Esto se traduce en multas que pueden llegar a suponer el 25 % de lo que se ingresa, es decir, si se envían 15.000 euros y no se declara, Hacienda impondrá una multa de hasta 3.750 euros.
¿Cuál es el límite que tiene impuesto Hacienda?
Desde la Agencia Estatal de Administración Tributaria, más conocida como Hacienda, se tiene fijado un límite de envío de dinero de 10.000 euros, ya sea mediante una transferencia o por Bizum. Por lo que, todo lo que esté por debajo de dicha cantidad no será necesario que se presente en la declaración de la Renta anual, mientras que, en el caso de que haya un pago que sí supere esta cuantía, se debe declarar obligatoriamente por parte del que envía el dinero.
Es por ello por lo que hay que prestar atención en el momento en el que se vaya a realizar una gran compra como puede ser la de una casa, un vehículo o incluso a la hora de hacer una reforma. En definitiva, realizar gestiones económicas que puedan llegar a suponer una gran inversión de dinero y que sean susceptibles de que superen los 10.000 euros.
¿Qué ocurre con los ingresos en efectivo?
Si por el contrario, una persona decide realizar este ingreso en efectivo, Hacienda destaca que el importe límite que se puede ingresar sin necesidad de declararlo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es menor. Esto es, baja de los 10.000 euros hasta los cobros que se reciban y sean superiores a los 3.000 euros, pero no solo eso, sino que la propia administración tributaria también tiene muy vigilados los movimientos que se hagan con el dinero en metálico que sean superiores a los 500 euros.
¿Y si se recibe un préstamo?
En el caso de que se vaya a recibir un préstamo, la cantidad límite que establece Hacienda vuelve a cambiar. Tanto es así que este límite está establecido en los 6.000 euros, dando un poco más de margen que en el apartado anterior, aunque, si se supera, se debe declarar en el IRPF del año siguiente a la obtención de este préstamo.
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