Hoy será aprobada la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Después de un arduo proceso de gestación de más de un año dilatada por las constantes tiras y afloja entre los socios del Gobierno y algunas medidas, el nuevo texto legislativo, que tiene los objetivos de adaptarse a los tiempos modernos y llegar a la cifra de cero fallecidos en el año 2050, los nuevos cambios y sanciones que contempla ven la luz.
Será después de superar en las últimas semanas uno de sus puntos más espinosos, el de la posibilidad o no de superar el límite establecido en 20 km/h en carretera convencional al adelantar, y que más ha retrasado la aprobación de todas las enmiendas que se efectuarán casi como un mero trámite en el Congreso de los Diputados tras el visto bueno del Senado a todas ellas.
Por su parte, la Dirección General de Tráfico (DGT), ha aprovechado para ofrecer los datos de la campaña realizada en julio pasado sobre el control de velocidad. En este sentido, ha querido recalcar que más de la mitad de las multas efectuadas por la Guardia Civil, concretamente un 60,2%, fueron por circular a 120 km/h en carretera convencional con límite de 90 km/h.
Ley de Tráfico: ¿Cuándo entran en vigor los nuevos cambios y sanciones?
Hoy, jueves 2 de diciembre, el Congreso de los Diputados otorga luz verde a las nuevas modificaciones y multas, en la mayoría de casos más restrictivas. Una vez quemada esa etapa, el viernes será incluida la nueva Ley de Tráfico en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y el sábado entrará en vigor.
Ley de Tráfico: ¿Cuáles son los nuevos cambios y sanciones?
La manipulación manual del teléfono móvil, el patinete, adelantar a bicicletas, arrojar objetos por la ventanilla, la presencialidad en las autoescuelas o los mecanismos de detección de radares son algunos de los cambios respecto a la Ley de Tráfico de 2015. Pero sin lugar a duda, como se ha mencionado, el más polémico ha resultado el del margen de los 20 km/h al adelantar.
¿Se puede o no rebasar el margen de 20 km/h al adelantar?
No. No se podrá sobrepasar más allá de los 20 km/h la velocidad máxima estipulada al adelantar en carretera convencional. A pesar de que el Congreso había mantenido por un voto apartado 4 del artículo 21 del borrador legislativo que contemplaba que sí se pudiera rebasar ese margen, la enmienda presentada por el PSOE para eliminarlo acumuló 153 votos a favor, dos en contra y 96 abstenciones, entre ellas, las del PP, Ciudadanos y Vox. Es decir, si se traspasa ese límite al adelantar en carretera convencional, habrá multa. Aunque el Parlamento todavía debe decidir, por lo que no se descartan cambios de última hora.
Arrojar objetos a la vía
Se endurecen las sanciones por lanzar cualquier objeto a la vía de circulación con tal de minimizar incendios o accidentes. Si antes costaba cuatro puntos, ahora, por ejemplo, el tirar una colilla por la ventanilla acarreará seis puntos de multa.
Uso de los patinetes
No se podrá circular con estos vehículos de movilidad personal sobre las aceras, como ya recogían diversas ordenanzas municipales, para proteger "al usuario más vulnerable en las vías públicas, el peatón". La sanción económica será de 200 euros. También prohíbe su uso a los menores si se ha ingerido la más mínima cantidad de alcohol (la denominada tasa 0,0) y sin el uso de casco. Está por ver en cuánto se cifra la multa.
Uso del teléfono móvil
Una de las modificaciones más drásticas que tiene como objetivo el nulo uso de la manipulación física del teléfono móvil durante la conducción. Así, si se detecta a un conductor usarlo con la mano supondrán seis puntos de sanción, por los tres anteriores. Sí podrá usarse con el sistema de voz del coche.
Protección a los ciclistas
Conllevarán seis puntos de sanción en el permiso de conducir si un conductor adelantar un ciclista o grupo de ciclistas sin respetar la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros. Misma sanción que entorpecer su circulación. La DGT ha calificado a este colectivo como el que está expuesto a la mayor siniestralidad.
Elementos de protección
Ahora, no llevar puesto el cinturón de seguridad costará cuatro puntos. La misma cantidad que se le retirará a los conductores que no porten adecuadamente sistemas de retención infantil o el casco, en el caso de las motos.
Mecanismos de detección de radares
Otra de las modificaciones más controvertidas. Si antes se consideraba infracción grave usar dispositivos detección de radares o cinemómetros, ahora lo será el simple hecho de “llevarlo en el vehículo”.
Presencialidad en las autoescuelas
Durante la tramitación de la Ley en el Senado, se eliminó el polémico apartado que indicaba que "la enseñanza de la conducción relativa a los conocimientos teóricos necesarios para la obtención del permiso de conducir, podrá efectuarse a distancia", que había sido incorporado en el Congreso. Sí que se podrán promocionar virtualmente cursos de concienciación y sensibilización. 500 euros de multa para quien copie en un exámen.
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