Buenas noticias para más de las 45.000 familias y 120.000 personas que saldrán beneficiados a partir del próximo día 1 de enero de 2018 con la aprobación la semana pasada de la renta mínima de inserción. Esta ayuda se podrán beneficiar más de 45.000 familias (120.000 personas) y tendrán una prestación de entre 419,52 hasta los 779,87 Euros al mes dependiendo de los requisitos que reúnan.
Aquí te contamos todos los detalles y requisitos a cumplir para poder beneficiarse de esta ayuda económica que sin duda a muchas familias andaluzas hará poder respirar más holgadamente.
Renta Mínima de Inserción
Requisitos:
- llevar empadronado al menos un año en algún municipio andaluz.
- Tener entre 25 y 64 años de edad.
- Estar inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE), como demandante.
- Tener un ingreso máximo mensual de 415 euros.
Hay una serie de situaciones que no van a tener en cuenta a la hora de conceder dicha ayuda como son:
- No tendrán en cuenta el importe de la vivienda habitual.
- Las prestaciones por hijos a cargo, tanto contributivas como no contributivas.
- Las pensiones de orfandad.
- La remuneración por acogimiento.
- Las pensiones de alimentos.
- Las prestaciones de la dependencia.
- Las becas educativas o de transporte.
- Los ingresos por asistencias a cursos o los contratos de formación para jóvenes.
- Los inmuebles declarados en ruinas
- Las subvenciones públicas para la vivienda.
¿Cuál es el importe de la Renta Mínima?
- Será el 78% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (actualmente en 537,84 eur), por lo que serían 419,51 eur al mes, importe que se irá incrementando un 10% adicional por cada miembro de la unidad familiar hasta un 125% (672,30 eur).
- Este límite podrá ascender hasta el 145% (importe de 779.87 eur al mes) cuando la familia sea integrada por 6 o más miembros y con 3 o más menores a su cargo, también para las familias monoparentales y monoparentales y también para las personas con una discapacidad del 33% o más que no tengan derecho a otra prestación.
Pero también hay excepciones en estos requisitos básicos, ¿cuáles?:
- Las personas entre 18 y 25 años de edad también tienen derecho a esta ayuda si tienen a su cargo a menores o personas con discapacidad.
- Las personas menores de edad también podrán beneficiarse si son huérfanas de ambos progenitores, víctimas de violencia de género y las que tienen un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Las personas mayores de 65 años si tienen algún menor a su cargo también pueden solicitarla.
- Respecto al requisito del tiempo mínimo de residencia en Andalucía de 1 año, no se tendrá en cuenta en los siguientes casos: si son víctimas de violencia machista o trata de personas, si son inmigrantes andaluces que hayan retornado en el año anterior a la solicitud de la ayuda, a las personas apátridas o refugiadas, a las personas sin hogar, a las ex tuteladas por la Junta de Andalucía en el año anterior a la solicitud, a las personas que residen temporalmente en alojamientos alternativos, o a las personas que según acrediten los servicios sociales se encuentren en situación de “fuerza mayor”.
Duración de la ayuda y Obligaciones
A estas personas se les concederá la ayuda por un periodo de 12 meses que podrá ser prorrogable otros 6 meses más. Si el solicitante tuviera un contrato de entre 1 y 6 meses, dicha ayuda sería suspendida temporalmente.
Respecto a las obligaciones de los beneficiarios se establece que este deberá de participar en un plan de inclusión sociolaboral personalizado, que diseñará el SAE junto con los servicios sociales comunitarios, el cual se elaborará al mes siguiente de percibir la ayuda.
Recuerda que puedes ver otro tipo de ayudas o prestaciones en nuestra sección de prestaciones. También puedes compartir y comentar esta noticias a traves de tus redes sociales o mirar otras ofertas de empleo en Andalucía.
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