El 2022 trae novedades y alguna de ellas tiene que ver con las ayudas que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a los desempleados que tengan 45 años o más y, tras agotar el paro, sigan sin encontrar trabajo. Tanto es así que estos demandantes de empleo tienen la posibilidad de solicitar un total de cinco prestaciones distintas, todas con varios puntos en común tal y como se indicará a continuación.
Entre las noticias más destacadas que afectan a este tipo de subsidios por desempleo que se van a detallar en las próximas líneas hay que hacer una mención especial sobre el cambio que han experimentado dos aspectos dentro de todas estas ayudas. Por un lado se encuentra una modificación con respecto al límite de ingresos que se puede tener de manera mensual y, por otro lado, también un aumento en cuánto a lo que se va a cobrar con esta prestación del SEPE.
Aunque, pese a que existan una serie de similitudes, también es cierto que cada una de las siguientes ayudas que se van a explicar tienen aspectos que las hacen únicas. Algo que hace que haya que prestar una atención especial para certificar que cumple con la totalidad de los requisitos fijados por la administración pública de empleo y así tener derecho a cobrarlas durante todo el tiempo en el que se entregue cada una de ellas.
Los mayores de 45 años pueden coger hasta 5 ayudas del SEPE
A continuación se van a indicar las 5 ayudas económicas que el Servicio Público de Empleo Estatal destina a los desempleados que tengan 45 años o más, pero siempre menos de la edad de jubilación. Con respecto a los puntos en común que tienen todas ellas hay que recordar que se tratan, quedando de la siguiente manera.
Por un lado, se ha modificado el límite de ingresos que se puede tener para ser beneficiario de estos subsidios. Ya que, al aumentar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a los 1.000 euros al mes, el 75 % permitido se traduce en un nuevo límite de 750 euros mensuales. También tienen en común la nueva cuantía que se paga con estas ayudas, ya que en este 2022 también se han modificado. Tanto es así que durante todo este año, un desempleado que reciba un subsidio por desempleo cobrará 463,20 euros al mes, algo que todas las prestaciones no contributivas del SEPE tienen en común.
Ayuda familiar
En primer lugar se encuentra la ayuda familiar, una prestación no contributiva a la que puede acceder un desempleado con más de 45 años pero siempre y cuando tenga cargas familiares. Es decir, que cuente con hijos menores de edad o mayores de 26 años con una discapacidad reconocida por el Tribunal Médico de la Seguridad Social.
Además, sobre la duración que tiene esta prestación hay que distinguir el tiempo que se haya agotado de paro. Esto es, si ha cobrado un paro de menos de 4 meses, cobrará este subsidio durante 2 años, mientras que si ha recibido una prestación contributiva por desempleo de más de 4 meses, será beneficiario de esta ayuda durante un total de 30 meses, es decir, 2 años y medio.
Subsidio mayores 45 años
También está disponible el subsidio para los desempleados mayores de 45 años. Si se quiere ser beneficiario de esta prestación no contributiva es necesario no tener cargas familiares, al contrario que ocurre con el caso anterior. Además, también hay que haber agotado previamente la prestación contributiva por desempleo, algo que habrá que acreditar también en el resto de ayudas. Por último, sobre la duración de esta cuantía económica, el SEPE indica que sólo podrá cobrarse durante un máximo de 6 meses.
Subsidio mayores 52 años
Otra de las ayudas es el subsidio para mayores de 52 años, una prestación por la que, para poder solicitarla, es necesario haber cumplido la edad mínima fijada. Pero no es lo único llamativo de este subsidio, sino que también hay que destacar que se puede cobrar hasta la edad de jubilación. Aunque para ello es necesario entregar, todos los años, la Declaración de Rentas al SEPE, para así certificar que se cumple con el límite establecido.
Renta Activa de Inserción
También es posible solicitar la Renta Activa de Inserción, más conocida como la RAI. Se trata de la primera ayuda extraordinaria que ofrece el SEPE a los mayores de 45 años y que sean desempleados de larga duración. Para ello será necesario que cumpla con una serie de requisitos específicos, pero no solo eso, sino que, además, también hay que respetar unas condiciones específicas en función del contexto del desempleado. Esta prestación tiene una duración máxima de 33 meses, aunque hay que ir prorrogándola cada 11 mensualidades.
Subsidio Extraordinario por Desempleo
Por último se encuentra el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), se trata de la prestación extraordinaria con la que “no hay nada más allá'', ya que es la que se puede pedir cuando no se tiene derecho a ningún otro subsidio del SEPE. En este caso también existen una serie de condiciones generales y otras específicas y que, si se cumplen, se podrá realizar la solicitud para cobrarla durante los 6 meses que dura.
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