
La reducción de la jornada laboral, que se está negociando en dos mesas diferentes (una bipartita y otra tripartida), ha abierto una vía para tratar otros cambios que afectan a la regulación del tiempo de trabajo. Entre ellos, además del registro horario, se encuentra las horas extra, un tema en el que los sindicatos llevan tiempo trabajando.
Las horas extraordinarias vienen reguladas en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, donde se establecen sus mínimos: son de carácter voluntario, “salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo”; se pueden hacer un máximo de 80 al año; se deben pagar, al menos, como una hora ordinaria o “compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido”; y deben reflejarse en el registro horario obligatorio para todas las empresas.
Sobre uno de estos puntos, el límite anual de horas extra, algunos medios habían adelantado que se estaba negociando subir el límite actual hasta las 150 horas anuales, atendiendo a que España cuenta con la normativa "más restrictiva". Sin embargo, CCOO ha desmentido que se esté negociando dicho incremento, "ni con CEOE ni con el Gobierno".
"CCOO ha sido categórica en esta cuestión. En España el problema es de control de la jornada laboral y de las horas extras. El número de horas extraordinarias que se realizan en España superan con creces las máximas legales existentes y millones de ellas no son ni abonadas ni disfrutadas. CCOO propone un registro de la jornada laboral que sea riguroso que aporte un control efectivo de la jornada y de las horas extras que se realizan, que posibilite la actuación de la Inspección de Trabajo contra las empresa que incumplen la norma. La reducción del tiempo de trabajo es un objetivo necesario para mejorar la vida de las personas trabajadoras y para la creación de empleo", ha declarado la organización en un comunicado.
Los únicos cambios planteados por los sindicatos
A principios de año, UGT presentó una demanda al Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) para exigir una remuneración más alta de las horas extraordinarias, solicitando un aumento mínimo del 25%, en base al marco normativo de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Esta exigencia del sindicato se basa en el artículo 4.2 de la Carta Social Europea que ratificó España al completo (y por el que podría verse obligado también a aumentar las indemnizaciones por despido), que establece el derecho de los trabajadores a un “incremento de remuneración para las horas extraordinarias, salvo en determinados casos particulares”.
Asimismo, también han pedido al Gobierno que se tengan en cuenta para los trabajadores que quieran adelantar su edad de jubilación sin penalizar la cuantía de su pensión. Por su parte, desde CCOO también defienden “establecer mecanismos de consolidación del uso habitual de estas horas a horas ordinarias para trasformar contratos a tiempo parcial a tiempo completo”. Esto vendría a suponer que, en caso de superar un determinado número de horas extraordinarias, el contrato dejase de ser a tiempo parcial y se entendiera a tiempo completo.
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