En 2019, USO inició un procedimiento para solicitar a la Seguridad Social que se incluyese a los Tripulantes de Cabina de Pasajeros (TCP) en el catálogo de profesiones penosas y peligrosas, para que se les apliquen los coeficientes reductores a la hora de jubilarse. Ahora, el sindicado se ha reunido con el director de la Oficina en España de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), Félix Peinado, y la consejera, Sara López, para trasladarles que este problema continúa y que no se está trabajando para darle solución alguna.
Esta problemática, como defiende el sindicato, se trata de una discriminación que afecta especialmente a las mujeres, ya que la mayoría de tripulantes lo son, conocidas durante años como azafatas de vuelo. La reivindicación viene porque el Real Decreto 1559/1986, que puede consultarte en este Boletín Oficial del Estado (BOE) permite al personal de vuelo de trabajos aéreos aplicarse reducciones en los años mínimos de cotización para poder acceder a la pensión de jubilación con el 100% de los derechos.
Sin embargo, los tripulantes de cabina se ven excluidos de esta normativa. Así, actualmente, pueden jubilarse antes los pilotos, fotógrafos aéreos o mecánicos de vuelo, entre otros, pero no los tripulantes de cabina, aunque estén expuestos diariamente a los mismos riesgos (por ejemplo, a la presión atmosférica, la radiación cósmica o los agentes biológicos), que inciden en la pérdida progresiva de capacidades, un deterioro de su salud y pueden provocar un envejecimiento prematuro.
Doble discriminación del colectivo
Desde USO, han explicado a la Oficina de la OIT en España que, hace cinco años, iniciaron su reclamación con el Ministerio de Trabajo que “aún no ha empezado a estudiar del caso”, según explican en un comunicado, en el que también señalan que “tampoco ha respondido el de Seguridad Social ni el actual de Igualdad”. Por ello, han avisado de que han optado por el recurso contencioso-administrativo y, en el plano internacional, acudirán a la OIT mientras exploran otras vías. El sindicato, manifiesta que no entiende “esta dilación por parte de España en el reconocimiento de los mismos derechos para dos grupos expuestos a los mismos riesgos”, en palabras de Sara García, secretaria de Acción Sindical y Empleo.
La misma, también ha trasladado a la OIT la doble discriminación de este colectivo, tanto en materia de salud laboral como de género. “Desde 1986, los pilotos, con los que comparten espacio de trabajo, tienen reconocidos estos coeficientes reductores por la especial penosidad de su profesión. Y, además, existe un componente de discriminación por razón de género, teniendo en cuenta la masculinización del colectivo de pilotos y la feminización de las que por entonces se llamaban ‘azafatas’”.
Esta discriminación lleva vigente casi 40 años y, aún hoy, según García, “el 70 % de los tripulantes de cabina son mujeres. Pero las diferencias son más marcadas en algunas compañías, como Easyjet, con el 96 %; Air Nostrum, con el 90 %; Vueling, con el 82 %; o Iberia Express, con el 81 %”.
Riesgos de los TPC
Sobre los riesgos para la salud de los tripulantes de cabina, Sadije Rexha Rexhepi, de USO-Air Europa, explica que “además de los factores físicos inherentes a la naturaleza penosa de la profesión de tripulantes de cabina, cabe destacar el impacto de los factores psicosociales en un colectivo altamente feminizado relativos a la conciliación de vida familiar y personal, y el estrés de unas condiciones laborales exigentes. El aumento de nuestro riesgo se ha acrecentado considerablemente tras la pandemia por los problemas con pasajeros conflictivos, siendo más habitual estar expuestos a la agresividad o violencia en un contexto profesional con una alta carga de responsabilidad, como es un vuelo”.
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