La Justicia obliga a Correos a reincorporar a estos trabajadores tras una denuncia por discriminación laboral

Correos tiene que readmitir a estos trabajadores adscritos a la Unidad de Servicios Especiales por no cumplir con el salario estipulado para su horario laboral. 

Trabajadora de Correos frente a una furgoneta de la compañía
La Justicia obliga a Correos a reincorporar a estos trabajadores tras una denuncia por discriminación laboral UGT
Isabel Gómez

En España, una delegación de Correos ha sido condenada por la Justicia por un caso de discriminación laboral. Específicamente, el Juzgado de lo Social nº 1 de Cáceres ha emitido una sentencia condenatoria por irregularidades entre los trabajadores adscritos a la Unidad de Servicios Especiales (USE). ¿Cuál ha sido el problema y por qué se ha fallado a favor de los trabajadores?

Como explican desde el portal web del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), estos empleados sufrían irregularidades en su trabajo. Los del turno de mañana trabajan 7 horas diarias de lunes a viernes y cobran un complemento salarial; mientras que los del turno de tarde trabajan 7 horas y media y sin dicho complemento.

Esta situación llevó al Sindicato Libre de Correos y Telecomunicaciones a interponer una demanda contra la empresa estatal. Analizado el caso, el juez ha fallado a favor de estos.

Correos debe readmitir a los trabajadores y adaptar su horario y sueldo

Echando un vistazo a la decisión judicial se comprueba que el juez toma las consideraciones de la Inspección de Trabajo y subraya que “la empresa con su proceder ha propiciado la creación de una burbuja”. A eso se suma la condición “más beneficiosa” de los profesionales ha de alcanzar a los afectados, “pues no hacerlo implicaría amparar la discriminación”.

Asimismo, se incluye “el derecho de cobro del complemento salarial previsto en el III convenio colectivo estatal de la sociedad de Correos y Telégrafos SA de aplicación no consolidable, plus de sábado, rebus sic stantibus, con todas las consecuencias legales”.

No obstante, se muestra que esta sentencia “no es firme y contra ella puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, anunciándose en este juzgado por comparecencia ante SSª el Letrado de la administración de Justicia o por escrito presentado en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de notificación de la sentencia”.

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