El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, 30 de septiembre, la tramitación urgente del proyecto de Real Decreto para el nuevo registro de jornada. Esta tramitación por la vía de urgencia implica que los plazos previstos para su aprobación definitiva se acorten a la mitad, además de que no es necesario el trámite de consulta pública.
El objetivo desde el principio, por parte del Ministerio de Trabajo, es que la medida pueda entrar en vigor lo antes posible, después de que se cayera el proyecto de ley para la reducción de la jornada laboral en el Congreso de los Diputados, donde inicialmente estaba incluida. Por ello, el departamento de Yolanda Díaz decidió sacar el nuevo registro horario vía Real Decreto, ya que no necesitan en este caso el apoyo de las Cortes para poder aprobarlo y aplicarlo.
¿En qué consistirá el nuevo registro horario?
El nuevo registro de jornada será digital y accesible en remoto a cada persona trabajadora de modo automático, a la representación de las personas trabajadoras y a la Inspección de Trabajo. Esto es, tanto los trabajadores como sus representantes y la Inspección de Trabajo podrán acceder a los mismos de forma online en cualquier momento.
Con esta reforma, se busca garantizar “el derecho al respeto de las condiciones laborales acordadas, a la conciliación de la vida familiar y personal y a la protección de la salud y a la desconexión digital”, tal y como han expuesto desde el Ministerio de Trabajo. En este sentido, según el mismo departamento, con un registro horario “eficaz” que permita a la Inspección de Trabajo hacer un control “masivo” y “cotidiano” a las empresas, la jornada efectiva de trabajo podría incluso bajar más de lo que se iba a lograr con la rebaja de jornada a 37,5 horas.
Es por esto que, desde el día siguiente en que el Congreso tumbó la reducción de la jornada, el Ministerio sacó a consulta pública el proyecto de Real Decreto para desarrollar el nuevo registro de jornada. Algo que Yolanda Díaz ya había avisado desde hacía tiempo, insistiendo de hecho en que el mayor recelo por parte de los empresarios no era con la rebaja en sí misma hasta las 37,5 horas, sino este nuevo sistema de control horario con el que Trabajo pretende acabar con las más de 2,6 millones de horas extraordinarias que se realizan sin retribuir en España cada semana.
“Fijaos, en España se hacen más de 2,8 millones de horas extraordinarias no pagadas cada 7 días. Esos son menos ratos con vuestros hijos e hijas, con amigos, menos descanso, menos salud, más malestar. Es dinero y tiempo que es vuestro, que os pertenece y que ahora vamos a proteger”, ha manifestado al respecto hoy Yolanda Díaz.
La reforma explicada en 5 puntos por Yolanda Díaz
Tal como ha explicado Yolanda Díaz, hay “cinco cambios clave en el registro de jornada”. El primero de ellos, es que será digital y objetivo: “se acabaron los papeles firmados en blanco cuando lo decida tu jefe. El registro será verificable en tiempo real y lo vais a rellenar vosotros y vosotras directamente”, ha aclarado.
En segundo lugar, se registrarán todos los tipos de jornada. “Esto quiere decir las jornadas ordinarias, las extraordinarias, las flexibles o las complementarias en el tiempo parcial. Así sabremos si se cumplen los límites de jornada y los descansos mínimos”, ha explicado Díaz.
En tercer lugar, “no se podrán modificar los registros sin el consentimiento de las personas trabajadoras”, anunciando que “se acabó que una empresa pueda alterar los datos a su antojo”. El cuarto cambio, según la ministra de Trabajo, es que “cada persona trabajadora tendrá acceso inmediato a su propio registro” y “podrá percibir en cada momento cómo está y los representantes sindicales, al conjunto de los trabajadores y a las trabajadoras”.
En último lugar, y muy importante para controlar de forma efectiva las jornadas, es que la Inspección de Trabajo tendrá acceso remoto “en todo momento, permanentemente, con un solo clic podrá saber si se cumplen las jornadas y si cada hora extra está pagada o descansada”.
¿Cuándo se aprobará definitivamente el registro horario?
Desde el Ministerio de Trabajo no han trasladado ninguna fecha exacta, aunque sí han insistido en que intentarán que entre en vigor lo antes posible. Tras la aprobación en el Consejo de Ministros para que se tramite por la vía de urgencia, cabría esperar que esto se cumpliera, y que no hubiera ninguna demora, pero el Ministerio de Economía podría alargar los plazos.
En este sentido, esta tramitación urgente reduce los plazos a la mitad en los que deben entregarse los informes de distintos organismos, previsiblemente el Consejo de Estado y el Consejo Económico y Social (CES), dependiendo este último de Economía, en manos de Carlos Cuerpo.
Tras esto, se debe informar también a los órganos colegiales, que son la Comisión de Asuntos Económicos (también en manos de Cuerpo) y la Comisión de Secretarios de Estado (en manos de Félix Bolaños, el ministro de Presidencia y Justicia). Solo cuando estas den su visto bueno, ya iría al Consejo de Ministros, donde se aprobaría el real decreto de forma definitiva y se publicaría en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para su entrada en vigor sin tener que pasar por el Parlamento.
Se espera que CEOE recurra la medida
El Ministerio de Trabajo señaló hace unas semanas que creen que CEOE impugnará esta normativa en los tribunales, al igual que ha hecho con “todos” los reglamentos. “Claro que la CEOE dará batalla jurídica, porque siempre la dan para impedir reformas que ellos entienden que ponen en peligro algunas de las prerrogativas de los empresarios”, aseguraban fuentes de Trabajo a Europa Press.
Sobre esto, según fuentes de la patronal consultadas por El Mundo, la CEOE ya se estaría preparando para hacer este movimiento, buscando recurrir el real decreto ante el Tribunal Constitucional. Estas fuentes han indicado que esta semana los empresarios habrían tenido una reunión a puerta cerrada para compartir sus dudas sobre la tramitación y el alcance de la medida, así como los plazos en los que entraría en vigor.

