Normalmente, el despido es la extinción de una relación laboral, cuando tiene origen en una decisión unilateral por parte del empleador. A veces, esta decisión de finalizar la relación entre empleado y empresa es mutua y por ello, se decide “pactar un despido” con el objetivo de que el empleador no tenga que pagar la indemnización por un despido disciplinario y el empleado pueda acceder a cobrar la prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Pero, ¿Es legal esta práctica?
Según la Ley Orgánica 7/2012, por la que modifica la Ley Orgánica 10/1995, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social no lo es. Además de ser un delito, es un fraude y puede conllevar penas de prisión.
Así lo establece en su artículo 307, en el que cita “Quien obtenga, para sí o para otro, el disfrute de prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, la prolongación indebida del mismo, o facilite a otros su obtención, por medio del error provocado mediante la simulación o tergiversación de hechos, o la ocultación consciente de hechos de los que tenía el deber de informar, causando con ello un perjuicio a la Administración Pública”. En otras palabras, será un engaño a la administración pactar un despido para cobrar prestaciones, subsidios u otras ayudas de la Seguridad Social. El artículo continúa diciendo que los responsables serán “castigado con penas de seis meses a tres años de prisión”.
Pero, cuáles son los motivos para pactar un despido que pueda beneficiar tanto a las empresas como a los trabajadores.
¿Por qué se realizan los despidos pactados?
Según explica el abogado especialista en derecho laboral Miguel Benito, más conocido en TikTok @empleadoinformado, es una práctica ilegal pactar un despido para cobrar el paro, ya que es un fraude en las prestaciones gestionadas por la Tesorería General de la Seguridad Social. Ahora, incide en que sigue siendo una práctica habitual que esta se haga en un despacho de abogados para ver qué alternativas legales hay para irse dentro de la legalidad cobrando la prestación por desempleo.
En este tipo de despidos no solo obtienen un beneficio los empleados, también las empresas. Mientras que los trabajadores pueden acceder a la prestación por desempleo a la que no podrían si hubiese causado baja voluntaria, las empresas no deberán pagar el finiquito o indemnización por despido, por lo que los costes serán mínimos.
Riesgos de pactar un despido
Aunque sea una práctica generalizar, un despido pactado es un fraude, por ende, un delito contra la Seguridad Social. Así que tendrá tanto consecuencias negativas tpara el empleado como para la empresa, siendo las siguientes:
- Para la empresa: Según el Real Decreto Legislativo 5/2000, Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, las empresas que pacten un despido será considerado una infracción muy grave. En el caso de detectarse un fraude, la sanción será la obligación del pago de retenciones correspondiente de las indemnizaciones realizadas. Asimismo, se corre el riesgo de ser duramente sancionado si se detecta que el despido fue para cobrar prestaciones por desempleo.
- Para el trabajador: pactar un despido puede conllevar la extinción de la prestación por desempleo y a la pérdida de acceso a la prestación. En el caso de detectarse un fraude, el SEPE podrá exigir que abone las cuantías cobradas, además de poder llevar a sanciones económicas y la imposibilidad de acceder a otras subvenciones públicas y el riesgo de penas de prisión por este fraude.
Ahora, dentro de los despidos, sí que será posible y es legal pactar el acuerdo económico para mejorar el finiquito, pero nunca podrá causar una baja voluntaria en la empresa para cobrar la prestación o subsidio por desempleo.
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