Muchos trabajadores creen que su única obligación es estar en su puesto durante la jornada laboral, pero a menudo desconocen que la empresa también tiene una obligación fundamental con ellos que es darles trabajo real. No se trata de un favor ni de una decisión opcional; es un derecho básico del empleado. Ahora, ¿está la empresa obligada a asignarte tareas? La respuesta es un sí rotundo, y no hacerlo es un incumplimiento grave de sus deberes.
Según el artículo 4.2 del Estatuto de los Trabajadores (que se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado), en la relación laboral, los trabajadores tienen derecho “A la ocupación efectiva”. Esto significa que tu empleador no puede mantenerte en una situación de inactividad forzosa, ya que va en contra de tu dignidad y tu desarrollo profesional. Esta obligación protege al trabajador de situaciones en las que, a pesar de cumplir con su horario, se le deja sin funciones que desempeñar, una práctica que a veces se utiliza como medida de presión.

¿Qué es exactamente la ocupación efectiva?
Este derecho va mucho más allá de simplemente “tener algo que hacer”. La ocupación efectiva significa que la empresa debe proporcionarte tareas y funciones que se correspondan con tu categoría profesional y con lo que se firmó en tu contrato. Con esta medida se busca el proteger a los trabajadores en varios aspectos de su vida laboral.
Es decir, por un lado, protege tu dignidad, un derecho reconocido en el mismo Estatuto, que garantiza el “respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad”. Por esta razón, dejar a un empleado sin hacer nada puede ser humillante y degradante.
Por otro lado, se busca que con esas tareas puedas seguir creciendo profesionalmente, ya que está directamente conectado con tu derecho “a la promoción y formación profesional en el trabajo”. Por este motivo, si no trabajas, no puedes desarrollar tus habilidades ni aspirar a un ascenso. Por lo tanto, que te dejen sentado en una silla sin hacer nada es ilegal y atenta directamente contra tus derechos laborales más básicos.
Un ejemplo sobre la obligación de darte trabajo
Para entenderlo mejor vamos con un ejemplo, imaginemos a un informático con varios años de experiencia en una consultora tecnológica. Tras finalizar un proyecto importante, la empresa, en lugar de asignarle nuevas tareas o incluirle en otro equipo, le comunica que debe seguir acudiendo a su puesto cada día, pero sin asignarle ninguna función concreta. Pasan las semanas y, a pesar de que el trabajador solicita activamente trabajo a sus superiores por correo electrónico, la respuesta es siempre la misma, que es que espere a que surja un nuevo proyecto. Esta inactividad forzosa no solo le provoca una profunda desmotivación y frena su desarrollo profesional, sino que también le hace sentir aislado.
Ante la persistencia de la situación, el informático decide actuar legalmente y solicita la extinción de su contrato por incumplimiento grave del empresario. Un juez, basándose en la falta de ocupación efectiva continuada, le daría la razón, permitiéndole finalizar su relación laboral con derecho a la indemnización por despido improcedente y a solicitar la prestación por desempleo.
¿Qué pasa si la empresa se niega a darte trabajo?
Si la empresa te niega tu derecho a la ocupación efectiva de forma continuada, debes saber que se considera un incumplimiento contractual grave por parte del empresario y en esta situación, la ley te permite tomar acciones para defender tus derechos.
Si te encuentras ante esta situación, lo primero es comunicarlo a la empresa para que solucione la situación. Si la inactividad persiste y perjudica tu dignidad o desarrollo profesional, el Estatuto de los Trabajadores te abre la puerta a solicitar la extinción de tu contrato. Así lo explica el ET en su artículo 50.2, en el que dice que “en tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente”.

Es decir, podrás irte de la empresa con derecho a paro e indemnización. Además, el artículo 50 establece que es causa justa para que el trabajador pida el fin de la relación laboral “cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario”.
En estos casos, no solo podrías extinguir el contrato, sino que además tendrías derecho “a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente”. En otras palabras, la ley considera que dejar a un trabajador sin tareas es una falta tan grave que le permite finalizar la relación laboral con la máxima protección económica posible.

