La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a 14 meses de prisión a dos jefas que, durante años, acosaron laboralmente a una empleada suya. Además, tendrán que abonar a la afectada una indemnización por daños y perjuicios de 40.000 euros, que será abonada de manera conjunta.
El caso ha sido expuesto por el medio especializado 'Economist&Jurist' y podría ayudar a denunciar a otros trabajadores que se encuentren en una situación similar. En este caso, el Juzgado de lo Penal 3 de Zaragoza fue quien condenó a las acusadas de un delito de acoso laboral durante años, que habrían cometido tanto de forma conjunta como individualizada, pero estas recurrieron la sentencia.
Sin embargo, esta ha sido ratificada por la Audiencia Provincial de Zaragoza, que considera demostrado que las dos jefas hostigaron y realizaron un trato vejatorio continuo sobre la víctima, provocando a esta ataques de ansiedad e incluso que tuviera que darse de baja médica en dos ocasiones por un trastorno ansioso depresivo con tratamiento farmacológico. Actualmente, la trabajadora afectada está diagnosticada con trastorno depresivo mayor crónico y trastorno depresivo persistente.
La trabajadora sufrió ‘gaslighting’, un tipo de abuso psicológico
Desde el citado medio explican que la empresa, aunque era conocedora de la situación, no hizo nada al respecto para investigar el caso y proteger a la trabajadora (aunque estén obligados a ello), obligando a la víctima a dejar la multinacional, donde ejercía de ingeniera, para ser profesora de matemáticas en un colegio.
Según el Juzgado, los hechos constatados evidencian que la víctima sufrió un tipo de abuso psicológico conocido como gaslighting, ya que se dieron los siguientes factores: superioridad jerárquica, trato hostil y humillante, acoso muy sutil como exagerar sus errores, hacer evaluaciones y valoraciones negativas de su rendimiento o realizar comentarios ante terceros sobre el incumplimiento de algunas de sus tareas, someterla a una sobrecarga de trabajo, darle plazos excesivamente cortos, y ejercer un control de trabajo con presión indebida.
Algunos ejemplos de estas prácticas son gritarle delante de sus compañeros, aislarla del resto, o exigir una relación de archivos de ladrones de tiempo desproporcionada que no se exigía al resto, como tener que anotar las paradas para ir al servicio. Por todo ello, el Juzgado de Zaragoza las condeno por delito de acoso laboral, con la pena de 14 meses de prisión más la citada indemnización.
Una condena que ha ratificado ahora la Audiencia Provincia de Zaragoza, que también ven gravedad en el acoso y su repercusión en la salud de la extrabajadora, que detallan es una persona estable con buena tolerancia al estrés y capacidad de resiliencia pero que, a raíz de los actos reiterados de humillación y hostigamiento por sus dos superioras, ha sufrido un trastorno ansioso-depresivo y un trastorno depresivo persistente del que se está tratando en la actualidad.
En esta ratificación, la Audiencia no solo ha señalado la carga de trabajo, sino que ha enfatizado aún más la “presión absolutamente inadecuada (hostigamiento)” que se ejerció únicamente sobre esta trabajadora, así como “las conductas de menosprecio y de humillación incluso ante otros trabajadores”.
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