El perfil de @soycamarero, se ha vuelto a hacer viral. Esta vez ha sido a través de la red social TikTok, donde Jesús Soriano, quien gestiona la cuenta que vela por los derechos del sector hostelero, ha compartido una conversación de WhatsApp entre una trabajadora y su empleador, la cual carece de escrúpulos.
“Buenas. Te he llamado antes porque quería comentarte que desde hace un tiempo mi padre estaba muy grave en el hospital y me han llamado porque tengo que ir urgente a Barcelona. Me gustaría conservar el trabajo, sé que aún no nos conocemos mucho, pero estaría fuera máximo tres días dependiendo de su estado, aunque me comentan que es posible que fallezca hoy o mañana”.
Este es el mensaje que le envía la empleada a su jefe, donde le comunica su delicada situación. Ante ello, este le contesta: “Lo siento por tu padre, pero buscaré a otra persona. Buena suerte”. La empleada, tras leer el insensible mensaje de su jefe, le pregunta: “¿Entonces no puedo conservar mi trabajo?”, a lo que él le responde que ya hablarían a su vuelta.
La reacción de los usuarios
Esta triste historia, que ya acumula 24.000 visualizaciones, ha generado furor entre los usuarios de TikTok. Muchos han aprovechado, en comentarios, para recordar los derechos de los que dispone la empleada en este caso, puntualizando que, pase lo que pase, “no podrá ser despedida”.
Otros culpan al sector directamente: “luego preguntan por qué la gente no quiere trabajar en bares” o “después lloran cuando la gente no quiere trabajar y tienen que cerrar”. Mientras que otros aprovechan para comentar casos similares personales.
Los derechos que la empresa no te puede quitar
Existen una serie de derechos en el entorno laboral que nadie te puede arrebatar, a pesar de que muchos empleadores no los respeten. En relación con este caso en particular, la ley española sostiene que:
- Los trabajadores disponen de hasta cinco días de permiso para ausentarse de su puesto de trabajo por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.
- También disponen de dos días libres por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando por tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días más.
- Pueden ausentarse del trabajo hasta cuatro días al año por causa de fuerza mayor, cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. Además, se trata de un permiso retribuido siempre y cuando no sobrepasen los cuatro días al año.
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