El reparto de una herencia supone hacer ciertos trámites a los herederos, entre ellos la aceptación de la herencia o el pago del impuesto de donaciones. Pero este proceso se alarga en el caso de que el fallecido no hubiera otorgado testamento, y además supone un coste extra para los herederos.
Así lo ha explicado la abogada especializada en herencias, Irene Gramaje, a través de un video publicado en sus redes sociales. En este, la experta ha aclarado cuáles son las consecuencias de no planificar la sucesión.
Gramage recuerda que, cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento, los familiares deben acudir a un notario para iniciar un procedimiento extra. “Si no hace testamento en la herencia, hay que hacer un trámite más, que es la declaración de herederos abintestato. La tendréis que hacer los herederos y eso os supondrá un coste adicional”.
Qué es la declaración de herederos abintestato
Según explican desde el Consejo General de Notariado, la declaración de herederos abintestato “es el documento público que permite determinar, de conformidad con la legislación civil aplicable a cada caso, quiénes son los herederos de una persona fallecida que no ha otorgado testamento y en qué proporción lo son.”
Esta declaración de herederos “se recogerá en un acta notarial, en la que se definirá quiénes son los parientes con derecho a la herencia.”
Para hacerla, los herederos deberán acudir al notario y aportar la documentación pertinente como puede ser DNI del fallecido, certificación de defunción, certificado del Registro de Actos de Última Voluntad, Libro de Familia, entre otros. Además, es necesario que acudan dos testigos que en el caso de ser parientes no pueden tener interés directo en la declaración.
Este trámite aclaran los notarios, que es más complejo y costoso para los herederos que hacer un testamento.
Bloqueo de cuentas y retrasos en la herencia
Además del coste económico, Gramaje señala que hacer esta declaración de herederos, supone también un retraso en el reparto de la herencia. “Hacer ese trámite, que hay que hacerlo ante notario, lleva un tiempo, por lo menos un mes y medio”, explica la letrada.
Durante ese periodo, además, los herederos no podrán acceder a los bienes ni a las cuentas bancarias del fallecido.
Por todo ello, la abogada concluye con un consejo claro “no se lo piense, siempre es mejor hacer testamento”. De esta manera, se evitan costes adicionales, se reducen los plazos y se facilita el proceso sucesorio para los herederos.

