El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal dirigida a las personas desempleadas que no tienen derecho a la prestación contributiva, esto es, el paro. Su cuantía es de 480 euros al mes en 2023 y, frente al resto de subsidios del SEPE, tiene la ventaja de que es el único que cotiza para la pensión de jubilación, haciéndolo por el 125% de la base mínima de cotización vigente cada año.
Por este motivo, se puede cobrar ininterrumpidamente hasta alcanzar la edad de jubilación. Pero, ¿qué pasa si al solicitarlo lo deniegan? De ser así, y no estar de acuerdo con la denegación del subsidio, se puede presentar una reclamación al SEPE en un plazo de 30 días desde la resolución de la ayuda. Esto es, desde que nos la denegaron, o bien en un plazo de tres meses en caso de que presentamos la solicitud pero no recibimos ninguna respuesta, entendiéndose denegada por silencio administrativo.
Esta reclamación, como explican desde el organismo público, se debe presentar por escrito y recoger los siguientes datos: nombre y apellidos, identificación personal, dirección a efectos de notificaciones (en caso de que sea distinta a la que se puso en la solicitud de la prestación), el acto que se recurre (reclamar la denegación de la ayuda) y la razón de impugnación (el motivo por el que debemos cobrarla).
También hay que incluir en el escrito el lugar, la fecha, nuestra firma y el órgano, centro o unidad administrativa a la que dirige dicha reclamación. En este caso, al SEPE. Asimismo, se recomienda que, en caso de contar con documentos que nos ayuden con nuestra defensa, se adjunten en la reclamación.
Cuánto tarda en contestar el SEPE al reclamo del subsidio
Una vez reclamado el subsidio para mayores de 52 años, o cualquier otra ayuda por desempleo, el SEPE tiene que responder a la reclamación en un plazo máximo de 45 días. Si, pasado este periodo, no se recibe ninguna respuesta, se entenderá que se ha desestimado. Es decir, que si pasado este tiempo no nos contestan, se entenderá qie ha sido de nuevo denegada por silencio administrativo.
En este punto, el último recurso sería interponer demanda ante el Juzgado de lo Social, para lo que se tiene un plazo de 30 días a contar desde que se entiende por denegada la reclamación de la ayuda. Es una situación que ocurre cada vez con más frecuencia. Por ejemplo, en octubre de 2022, una empleada del hogar consiguió que se tuvieran en cuenta sus cotizaciones anteriores al 1 de octubre de 2022, algo que le denegaban en el SEPE, y así consiguió poder cobrar el subsidio para mayores de 52 años, después de que el Juzgado de lo Social de Bilbao le diera la razón.
Por qué me deniegan el subsidio para mayores de 52 años
En primer lugar, puede haberse producido un error en la solicitud. Pero, por lo general, la denegación del subsidio para mayores de 52 años se suele producir cuando no se cumplen con los requisitos exigidos. Para poder cobrar esta ayuda, de 480 euros al mes, el SEPE exige que se reúnan las siguientes condiciones:
- Estar en desempleo.
- Haber agotado el paro.
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
- Tener 52 años o más en la fecha en que se solicita la ayuda.
- Tener 15 años cotizados y dos de ellos dentro de los últimos quince años.
- Haber cotizado por desempleo al menos durante seis años.
- Carecer de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Iinterprofesional (SMI). En 2023, no se podrían tener ingresos superiores a los 810 euros mensuales.
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