El SEPE avisa de este sencillo truco para cobrar el paro y los subsidios si no lo has recibido este mes

El SEPE tiene algunos motivos para suspender de forma temporal el paro o los subsidios por desempleo, aunque tiene un truco para volver a reanudar la prestación.

Cartel oficina del SEPE
Así puedes recuperar el paro o el subsidio por desempleo si por alguno de estos motivos no los has cobrado en julio. EP
Isabel Gómez

Llega el ecuador del mes de julio y son muchos los desempleados del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sorprendidos porque aún no han recibido el cobro de la prestación contributiva por desempleo (el paro) o el subsidio por desempleo correspondiente. ¿Por qué causas puedo dejar de cobrar el paro? O ¿cómo puedo reanudar el paro o el subsidio y qué plazo tengo para hacerlo? Son algunas de las dudas más frecuentes cuando llega la fecha cobro pero el dinero no aparece en la cuenta bancaria de los beneficiarios. 

Hay que tener en cuenta que la normativa por la que se rigen estas prestaciones por desempleo, contributivas y no contributivas, obliga al SEPE a liberar la remesa con el dinero de estas ayudas a mes vencido, entre el día 10 y 15 del mes siguiente. Es por eso que muchos parados se han visto sin recibir aún la mensualidad de junio.

Desde la administración pública de empleo, dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, explican que existe un truco para recuperar ese dinero y avisan que el motivo más probable por el que no se ha recibido el dinero es porque se ha incumplido con alguno de los requisitos para cobrar el paro o los subsidios, como se verá a continuación.

Causas por las que el SEPE retira el cobro del paro y los subsidios por desempleo

Para ver cuáles son los motivos por los que no se ha cobrado alguna de las prestaciones, como el paro o los subsidios, hay que echar un vistazo al portal web del SEPE. Dentro de él aparecen hasta cinco motivos, que corresponden con los siguientes:

  • Cuando la ayuda se haga agotado.
  • Por compensar un cobro indebido en caso de deber ese importe al SEPE.
  • Cuando se inicia un procedimiento sancionado del SEPE, que conlleva la suspensión de la ayuda siempre que se comunique por correo certificado.
  • Al iniciar una actividad por cuenta propia (autónomos) o ajena (asalariados), si se reconoce alguna pensión de la Seguridad Social.
  • Por tener una clave de impago en la prestación al no haber cobrado el mes anterior.

Esto anterior sería específico para los beneficiarios del paro. Para quienes perciben el subsidio, se suma otro motivo: sobrepasar un límite de rentas. Entre los requisitos de estas ayudas asistenciales está el tener unos ingresos mensuales que no sobrepasen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (850,5 euros al mes).

¿Cómo reanudar el paro o los subsidios por desempleo y cuál es el plazo para hacerlo?

Cuando una persona tenga un mes de suspensión de la prestación por desempleo correspondiente, puede solicitar la reanudación por dos vías. La primera consiste en acceder a la Sede Electrónica del SEPE e identificarse con DNI electrónico, el certificado digital o sistema Cl@ve. La segunda consiste en acudir presencialmente en una oficina de dicha administración, solicitando previamente una cita previa.

La reanudación será de oficio en el momento en el que por medio haya habido un procedimiento sancionador, siempre que la duración de la ayuda no se haya agotado y se mantenga la condición de demandante de empleo.

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