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Sumar pide ampliar la jubilación anticipada para que cobren el 100% de la pensión sin recortes a los tripulantes de cabina al igual que los pilotos

La formación registra en el Congreso una iniciativa para que un colectivo “altamente feminizado” acceda a coeficientes reductores por penosidad y riesgo, como prevé la Seguridad Social para trabajos “tóxicos, peligrosos o insalubres”

Aina Vidal, diputada de Sumar
Aina Vidal, diputada de Sumar |EFE
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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Sumar ha registrado una Proposición No de Ley (PNL) en el Congreso para que los tripulantes de cabina de pasajeros, un colectivo en el que se incluyen las azafatas, puedan acceder a la jubilación anticipada sin recorte en la pensión, es decir, que accedan en igualdad de condiciones que los pilotos. El partido sostiene que ambos comparten exposición a radiación, cambios de presión y alteraciones del sueño y denuncia una “discriminación” que, a su juicio, tiene un sesgo de género al afectar a un grupo “altamente feminizado” en el que “un 70%” de la plantilla son mujeres.

La iniciativa, impulsada por la diputada Aina Vidal, de En Comú integrada en Sumar, pone el foco en la brecha entre profesiones con reconocimiento histórico de coeficientes reductores y otras con demandas pendientes. El texto recuerda que “actualmente, un piloto con un coeficiente de 0,4 por año trabajado y con 30 años en esa categoría, puede anticipar su jubilación doce años y percibir el 100% de la pensión”, mientras las tripulantes de cabina llevan “años” reclamando un trato similar.

Jubilación anticipada sin recortes

El núcleo del debate está en el artículo 206 de la Ley General de la Seguridad Social, que permite rebajar la edad mínima de jubilación mediante real decreto para “grupos o actividades profesionales” de naturaleza “excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre” y con “elevados índices de morbilidad o mortalidad”, siempre que se acredite un mínimo de actividad en esa profesión. La norma añade que el sistema debe apoyarse en estudios previos sobre siniestralidad, penosidad, peligrosidad y toxicidad, así como sobre su impacto en incapacidad laboral y exigencias físicas o psíquicas.

La ley también fija límites y condiciones que suelen quedar fuera del foco político. El establecimiento de esos coeficientes “solo procederá cuando no sea posible la modificación de las condiciones de trabajo”, y su aplicación no puede llevar a una jubilación por debajo de una edad mínima, que en el procedimiento general se sitúa en 52 años.

Además, el esquema incorpora una pieza sensible, la financiación, porque la aplicación de coeficientes reductores “llevará consigo un incremento en la cotización” mediante un tipo adicional sobre la base por contingencias comunes, a cargo de empresa y trabajador.

Mismo trabajo misma jubilación

Sumar enmarca su propuesta en una crítica más amplia al mapa actual de profesiones con jubilación anticipada. En su escrito, sostiene que “no parece casualidad” que “gran parte” de los colectivos que ya disfrutan de coeficientes reductores correspondan a actividades “ejercidas principalmente por hombres” y cita, entre otros, mineros, ferroviarios, profesionales taurinos, bomberos o policías locales. La formación reclama “agilizar con urgencia” la revisión de expedientes de “colectivos feminizados” que cumplan los requisitos para acceder a este instrumento.

La proposición no de ley también se apoya en el cambio de marco procedimental que, según la propia iniciativa, ha “entrado en vigor a partir de 2025” para el reconocimiento de la jubilación anticipada por razón de actividad. En esa línea, pide “recuperar y contactar de oficio” a trabajos feminizados que ya habían presentado solicitudes en el procedimiento fijado en 2011 y priorizarlos en el nuevo método, con el argumento de que el agravio no es solo sanitario o laboral, sino también administrativo.

La discusión, en todo caso, no se resuelve en un solo gesto parlamentario. El artículo 206 sitúa la decisión final en un real decreto, es decir, en el Ejecutivo, y exige justificar técnicamente la penosidad y el riesgo con indicadores y evaluaciones. El mecanismo actual incorpora una comisión de evaluación con participación de varios ministerios y de los agentes sociales, llamada a valorar datos de bajas laborales, incapacidades permanentes o fallecimientos asociados a la actividad.

El movimiento de Sumar abre, por tanto, una doble negociación. Por un lado, el reconocimiento de que las condiciones de trabajo en cabina encajan, o no, en el umbral legal de “peligrosidad” o “toxicidad” y de “elevados índices” de morbilidad. Por otro, el coste del eventual adelanto de la edad de retiro, que la ley vincula a una cotización adicional específica del colectivo. La formación quiere llevar ese debate al primer plano con un mensaje político simple, “misma exposición, mismo derecho”, en un terreno donde los matices técnicos suelen ser determinantes.