Los pensionistas y jubilados que viven fuera de España ya pueden acreditar que "están vivos"

Los pensionistas y jubilados que viven en el extranjero deben demostrar a la Seguridad Social que “siguen vivos” para que no haya multas por el cobro fraudulento de las pensiones. Este 2024 hay una novedad.

hombre mayor pensionista rellenando la fe de vida para demostrar que "está vivo"
Novedad para la jubilación en 2024: así puedes demostrar que sigues vivo si resides en el extranjero Archivo
Isabel Gómez

La Seguridad Social permite que si se cumplen ciertos requisitos, los pensionistas y jubilados puedan cobrar la pensión contributiva mientras viven en el extranjero. Sin embargo, a comienzo de cada año, les exigirá que demuestren que “siguen vivos” para acreditar que la pensión llega a la persona correcta y no hay fraude, por ejemplo, si el dinero lo reciben unos familiares con acceso a las cuentas bancarias del pensionista fallecido.

Ese documento corresponde con la fe de vida y debe presentarse por parte de la persona que recibe mensualmente la pensión contributiva que le corresponda: jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad o en favor de familiares. Consiste en un trámite obligatorio que, como indican desde el ministerio de Elma Saiz, deben hacerlo alrededor de 100.000 personas este 2024.

Como novedad, la administración permite que presenten la fe de vida de forma electrónica a través de una aplicación móvil hasta el 31 de marzo. Se llama VIVESS y puede descargarse tanto en dispositivos Android como iOS, siempre que se disponga de un smartphone. Pero no es la única vía, como se verá más adelante.

¿Cómo acreditar que sigo vivo en el extranjero y como una jubilación de la Seguridad Social?

Esta fe de vida puede enviarse a la administración pública a través de la app móvil VIVESS. El propio reconocimiento facial sirve para que los pensionistas y jubilados demuestren que no han fallecido en el primer trimestre del año. En caso de no hacerlo, la administración podría multarles suspendiéndola.

Una vez dentro, pueden descargar el documento. Algo que solo es posible si se identifican con DNI electrónico o con Cl@ve Permanente. Otra opción es hacerlo mediante el número de expediente de la pensión, un número formado por 12 dígitos que están incluidos en la carta que anualmente envía la Seguridad Social con la información acerca de la revalorización de esa pensión para el año correspondiente.

¿Qué hay que incluir en la fe de vida? Es necesario rellenar el documento con el país de residencia actual, la fecha de nacimiento y el sexo. Además, hay que seguir otros pasos como:

  • Enseñar el DNI actualizado por el anverso y reviso en el recuadro que aparece en la pantalla.
  • Mirar a la cámara ay sonreír para facilitar el reconocimiento facial.
  • Registrar la fe de vida: pulsar el botón habilitado y formar el documento “sonriendo de nuevo a cámara”.

Según recordaron desde la Seguridad Social, todos los autónomos jubilados que residan en el extranjero “deben acreditar periódicamente su vivencia dentro del primer trimestre natural para continuar percibiendo la pensión que tuvieran reconocida.” Es decir, no realizar este trámite entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2024 podría conllevar la suspensión del pago de la pensión.

Así, además del nuevo sistema para que estos pensionistas acrediten al INSS que siguen vivos, existen otras fórmulas permitidas por la Seguridad Social, como se había venido haciendo hasta ahora. Según explicaron, son las siguientes:

  • Presentar la fe de vida en la Dirección Provincial del INSS que gestione la prestación de jubilación durante el primer trimestre de cada año.
  • Acreditar la vivencia ante los encargados del Registro Civil Consular, “y mediante la comparecencia presencial o telemática ante las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social”, explicaron.

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