La recaudación por IRPF sobre las pensiones en España alcanzó los 19.297 millones de euros en 2024, casi el doble de los 10.816 millones que ingresó Hacienda por el mismo concepto en 2018. Un crecimiento que se produce mientras las propias pensiones han subido mucho menos en términos porcentuales, y que alimenta un debate que lleva años en la mesa sin resolverse. La abogada Miriam Ruiz Acosta, de Compromiso Legal, ha explicado en un vídeo que, antes de exponer los dos grandes argumentos enfrentados, desmonta una noticia falsa que circula con fuerza entre los jubilados.
El detonante del vídeo es un mensaje viral que asegura que la Unión Europea ha dictaminado que los pensionistas españoles no deben tributar por el IRPF. Ruiz Acosta relata que “después de indagar vi que esta noticia era falsa”. Y efectivamente lo es. El Parlamento Europeo ha confirmado a verificadores como Maldita.es y Newtral.es que no ha adoptado ninguna resolución al respecto, y la propia Comisión Europea ha recordado en repetidas ocasiones que la fiscalidad directa sobre la renta de las personas físicas es competencia exclusiva de los estados miembros, no de Bruselas.
Pero el bulo no surge de la nada, ya que la abogada lo entiende y la pregunta de fondo sí tiene recorrido. “Lo que pasa es que con respecto a esto sí que vi que existen dos posturas”, explica antes de detallarlas.
Los que defienden que los jubilados deben pagar
La primera postura, que Ruiz Acosta expone sin tomar partido, parte de que los pensionistas siguen siendo ciudadanos que usan los servicios que financia el impuesto. “El IRPF se destina a crear y mantener infraestructuras que estos pensionistas siguen usando”, detalla la letrada, poniendo como ejemplo las carreteras. Desde este punto de vista, jubilarse no cancela la obligación fiscal de contribuir al Estado del mismo modo que cualquier otro contribuyente.
De hecho, según el artículo 17 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF (se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado) las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad o en favor de familiares son rendimientos íntegros del trabajo a ojo de la Agencia Tributaria, por lo que deben tributar.
De esta forma, las pensiones contributivas de la Seguridad Social tributan como rendimiento del trabajo en la base imponible general del IRPF, al igual que un salario. Con la tarifa progresiva estatal y autonómica, el tipo marginal puede llegar al 47% para las rentas más altas. La pensión media de jubilación ronda los 1.400 euros al mes (alrededor de 19.600 euros brutos al año en 14 pagas), un importe que ya obliga a declarar cuando el pensionista tiene más de un pagador (cuyo umbral baja hasta los 15.876 euros, frente a los 22.000 euros del pagador único).
El argumento de la doble imposición
Sobre la segunda postura, Ruiz Acosta, explica que "volver a hacer pagar IRPF a los pensionistas sería una doble imposición, ya que esa pensión deriva precisamente de los impuestos que han ido pagando a lo largo de su vida laboral”.
Explica que durante toda la vida activa, trabajador y empresa cotizan a la Seguridad Social para generar el derecho a una futura pensión. Cuando llega la jubilación y se empieza a cobrar esa pensión, el Estado vuelve a gravar el mismo dinero, esta vez como IRPF. Para quienes sostienen esta postura, esas dos cargas fiscales sobre el mismo origen económico no tienen justificación.
Y los números añaden argumentos a la queja: la recaudación por IRPF de pensiones creció un 97,6% entre 2018 y 2024 según datos de la Agencia Tributaria, mientras que el Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha) ha calculado que por cada 100 euros brutos de subida de pensión, el neto real que llega al bolsillo del jubilado puede quedarse en torno a 50 euros una vez aplicadas las retenciones.
Tributar como capital y no como trabajo
Ruiz Acosta introduce también una alternativa intermedia, la de quienes no piden la exención total sino un cambio de categoría fiscal. Según explica, hay personas que consideran que la pensión debería tributar como rendimiento de capital mobiliario, lo que “tendría una tributación menor que la que tiene ahora que se considera rendimiento del trabajo”.
En la práctica, eso implicaría que la pensión pasaría a tributar por la escala del ahorro (entre el 19% y el 30% para 2025, tras la reforma de la Ley 7/2024), en lugar de integrarse en la tarifa general que llega hasta el 47%. El rendimiento de capital mobiliario, es decir, las rentas que provienen de depósitos bancarios, dividendos o bonos, tiene un tratamiento fiscal más favorable porque el legislador considera que ya se ha tributado una vez por el capital que las genera. Esto hace que el mismo razonamiento, aplicado a las pensiones, sea exactamente el que sostiene el argumento de la doble imposición. Para un jubilado con una pensión que hoy tributa al 37% o al 45%, el ahorro fiscal sería considerable.
La abogada termina sin pronunciarse y lanza la pregunta a sus seguidores: “¿Consideráis que los pensionistas deben estar exentos de pagar IRPF, que sí que deben pagarlo igual que el resto de personas, o que deberían pagarlo pero en una proporción menor?”

