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La Seguridad Social sumará hasta 7 años de cotizaciones ficticias a las mujeres con vacíos laborales para que la cuantía de su jubilación no se vea penalizada

A través de una mejora en la "integración de lagunas", el sistema rellenará con hasta un 100% y un 80% de la base mínima los meses sin cotizar para compensar la brecha de género y blindar la pensión.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz |Gabriel Luengas / Europa Press
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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La Seguridad Social permite que las mujeres trabajadoras por cuenta ajena que hayan sufrido interrupciones en su carrera laboral puedan rellenar sus vacíos de cotización con bases ficticias para que la cuantía de su pensión de jubilación no se vea perjudicada. De esta forma, el sistema integrará hasta un máximo de 7 años (84 meses) en blanco, cubriendo los primeros cinco años al 100% de la base mínima de cotización y los dos siguientes al 80%. Esto es posible gracias al mecanismo conocido como “integración de lagunas”, que permite compensar el impacto de la brecha de género.

Este beneficio se encuentra regulado en la disposición transitoria cuadragésima primera del Real Decreto-ley 2/2023. A diferencia de otros mecanismos, estas cotizaciones “ficticias” no sirven para sumar años de cara a cumplir los requisitos de acceso a la pensión (como el mínimo de 15 años cotizados), sino que se utilizan exclusivamente para calcular la base reguladora. Es decir, su misión es evitar que el importe mensual que la trabajadora va a cobrar se desplome por haber tenido meses sin cotizar dentro del periodo de cálculo.

Cómo funcionan estas “cotizaciones ficticias” para las mujeres

Para calcular tu pensión, la Seguridad Social mira tus bases de cotización de los últimos años (actualmente 25 años). Si en ese periodo aparecen meses en los que no se cotizo, el sistema no pone un “cero”. La regla general dice que los primeros 48 meses vacíos se rellenan con el 100% de la base mínima, y a partir del mes 49, caen al 50%.

Ahora bien, para combatir la brecha de género, el Real Decreto-ley 2/2023 ha mejorado este escudo protector para las mujeres trabajadoras por cuenta ajena (y para los hombres que cumplan ciertos requisitos vinculados al cuidado de los hijos). El sistema rellenará esos vacíos de la siguiente manera:

  • Las primeras 60 mensualidades (5 años) sin cotización se computan con el 100% de la base mínima vigente en ese momento.
  • Desde la mensualidad 61 hasta la 84 (del año 5 al año 7), los vacíos se rellenarán con el 80% de la base mínima (en lugar del 50% de la regla general).

A esto hay que sumar el nuevo método de cálculo dual. Desde 2026 y hasta 2040, se desplegará un periodo transitorio donde la Seguridad Social calculará tu pensión de dos formas y te aplicará de oficio la más favorable:

  1. Mantener el cálculo con los últimos 25 años.
  2. Utilizar los últimos 29 años, pero con la ventaja de descartar de oficio los dos peores años (24 meses). Por ejemplo, en 2026 será la suma de las 302 mejores bases dentro de un periodo de 304 meses, dividiendo el resultado entre 352,33.

Esto significa que, si se tiene un paron laboral, el sistema podrá eliminar directamente esos 24 meses peores de la ecuación y, si aún te quedan lagunas, aplicar la integración mejorada para que tu pensión inicial sea lo más alta posible.

Ahora bien, no todos los trabajadores disfrutan de estas “cotizaciones ficticias”, ya que los trabajadores autónomos (RETA) no tienen esta integración de lagunas universal. Históricamente, un mes en blanco contaba como cero. Aunque la reforma ha introducido mejoras, solo se integrarán las lagunas de cotización de los seis meses siguientes a una situación de cese de actividad justificado, cubriéndose con la base mínima de la tabla general.

Un ejemplo práctico

Imaginemos a María, que trabajó durante años pero tuvo que dejar su empleo durante 6 años (72 meses) para dedicarse al cuidado de su familia. Al jubilarse, la Seguridad Social revisará su historial. En lugar de penalizarla con “ceros” durante esos 6 años, aplicará la nueva norma: los primeros 60 meses (5 años) se rellenarán al 100% de la base mínima vigente en ese momento. Los 12 meses restantes se rellenarán al 80% de la base mínima.

Con la regla antigua, María habría sufrido una caída al 50% a partir del cuarto año. Ahora, gracias a esta medida transitoria (que estará vigente mientras la brecha de género en las pensiones sea superior al 5%), el impacto de su parón laboral se amortigua drásticamente, garantizando una pensión mucho más digna y justa.