Logo de Huffpost

La Seguridad Social corrige el recorte de las pensiones máximas por jubilación anticipada y devolverá los atrasos a los jubilados afectados

La resolución firmada el 24 de marzo restablece desde el 1 de enero de 2026 la aplicación de la Disposición Transitoria 34.2 y los expedientes afectados se revisarán automáticamente, por lo que no será necesario reclamar.

La ministra de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones, Elma Saiz
La ministra de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones, Elma Saiz |Marta Fernández / Europa Press
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
whatsapp icon
linkedin icon
telegram icon

La Seguridad Social ha dado marcha atrás en el criterio que venía aplicando desde comienzos de 2026 en las jubilaciones anticipadas voluntarias cuando la pensión resultante superaba la cuantía máxima. Según ha podido saber en exclusiva NoticiasTrabajo, la resolución firmada el 24 de marzo de 2026 por el secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones establece que, con efectos desde el 1 de enero de 2026, vuelve a aplicarse lo dispuesto en el apartado segundo de la disposición transitoria 34 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en la redacción introducida por la Ley 21/2021.

En la práctica, este cambio supone recuperar el recorte gradual previsto para estos casos y dejar atrás la aplicación de los coeficientes reductores generales, que estaban provocando una penalización más elevada en determinadas pensiones máximas. Además, la Seguridad Social revisará de oficio los expedientes afectados y abonará los atrasos correspondientes, por lo que no será necesario presentar ninguna solicitud ni reclamación.

La Seguridad Social vuelve al recorte gradual en las pensiones máximas

La resolución firmada el 24 de marzo corrige la situación que se había producido desde el 1 de enero de 2026, cuando en la práctica se dejó de aplicar la protección prevista en la disposición transitoria 34.2 de la LGSS a quienes accedían a la jubilación anticipada voluntaria y, una vez calculada su pensión, superaban la cuantía máxima fijada cada año.

Esa disposición, introducida dentro de la reforma de pensiones, establecía unos coeficientes reductores específicos más favorables y de aplicación progresiva durante diez años. Su finalidad era evitar que los trabajadores con pensiones topadas sufrieran un doble castigo, uno por anticipar la jubilación y otro por verse limitados por la pensión máxima.

Con la nueva instrucción interna, la Seguridad Social confirma que ese mecanismo vuelve a aplicarse con efectos desde el 1 de enero de 2026, lo que beneficia a quienes se hayan jubilado anticipadamente de forma voluntaria desde esa fecha y cumplan los requisitos previstos.

Qué pasará con las pensiones ya reconocidas desde enero de 2026

La Seguridad Social revisará de oficio a los pensionistas a los que se les reconoció la pensión desde el 1 de enero de 2026 sin aplicar la disposición transitoria 34.2, siempre que reunieran las condiciones para beneficiarse de ella.

Para lograrlo, harán dos cambios. Por un lado, se recalculará el nuevo importe de la pensión aplicando los coeficientes reductores previstos en dicha disposición transitoria. Por otro, se abonarán los atrasos generados por esa modificación desde la fecha del hecho causante, siempre que sea igual o posterior al 1 de enero de 2026.

De esta forma, los jubilados afectados recuperarán las cantidades que hayan dejado de percibir durante estos meses por la aplicación del criterio más perjudicial. En esta tabla se pueden consultar los recortes para este año.

Meses de AnticipoMenos de 38 años y 6 meses cotizadosEntre 38 años y 6 m. y 41 años y 6 m. cotizadosEntre 41 años y 6 m. y 44 años y 6 m. cotizadosMás de 44 años y 6 meses cotizados
249,10%8,50%7,90%6,70%
238,08%7,75%7,30%6,40%
227,20%7,00%6,80%6,10%
216,22%6,05%5,88%5,45%
205,75%5,60%5,45%5,21%
195,38%5,25%5,12%4,97%
184,74%4,62%4,50%4,38%
174,50%4,39%4,28%4,17%
164,30%4,20%4,10%4,00%
153,78%3,69%3,60%3,51%
143,64%3,55%3,46%3,38%
133,51%3,43%3,35%3,27%
123,05%2,98%2,90%2,83%
112,95%2,88%2,81%2,74%
102,87%2,80%2,73%2,67%
92,44%2,38%2,31%2,25%
82,37%2,31%2,25%2,19%
72,31%2,25%2,19%2,14%
61,90%1,85%1,79%1,74%
51,85%1,80%1,74%1,69%
41,80%1,75%1,70%1,65%
31,41%1,36%1,31%1,26%
21,36%1,32%1,27%1,23%
11,33%1,28%1,24%1,19%

Los sistemas informáticos todavía se están adaptando

Debido a este cambio, los sistemas de la Seguridad Social deben de readaptarse entre los que se encuentra Alf@, InfoAlf@, IRISS y el simulador de jubilación TUSS (al que puede acceder cualquier persona).

Según ha podido saber NoticiasTrabajo, estos ajustes estarán en producción entre el viernes 27 y el lunes 30 de marzo en ALFA e IRISS, mientras que en el simulador de jubilación la adaptación podría retrasarse algo más. Por esta misma razón, la Seguridad Social ha paralizado de forma temporal la ejecución de los procesos premium de jubilación, con el fin de evitar que siga aumentando el número de expedientes afectados por la no aplicación de esta medida.

Quiénes pueden verse beneficiados por la devolución de atrasos

Los principales beneficiados serán los trabajadores que hayan accedido a la jubilación anticipada voluntaria desde el 1 de enero de 2026 y cuya pensión, una vez calculada, superara la cuantía máxima legal, siempre que estuvieran dentro del ámbito de aplicación de la disposición transitoria 34.2. Ese será el colectivo sobre el que actuará la revisión centralizada prevista por la Seguridad Social.