Las 5 enfermedades por las que la Justicia concede la incapacidad permanente en los últimos meses

La Seguridad Social no tiene una lista cerrada de enfermedades que permiten cobrar una incapacidad permanente, aunque existen cinco dolencias muy frecuentes actualmente.

Médicos haciendo exámenes médicos de incapacidad permanente
Las cinco enfermedades de incapacidad permanente que últimamente permiten cobrar la pensión, gracias a la Justicia Canva
Isabel Gómez

La pensión de incapacidad permanente consiste en una ayuda contributiva que la Seguridad Social permite cobrar a todos los trabajadores que, por enfermedad o accidente, sea laboral o no, no pueden ejercer una actividad o profesión. Como existe alguna ambigüedad sobre qué sí y qué no permite solicitarla, desde NoticiasTrabajo recordamos cuáles son las cinco enfermedades por las que últimamente se conceder una incapacidad.

Cabe recordar que corresponde al tribunal médico de la Seguridad Social ser el organismo encargado de realizar los exámenes médicos pertinentes y a la Dirección Provincial de este organismo, quien decida el grado de discapacidad (mínimo del 33%) y la modalidad de incapacidad: parcial, total, absoluta o de Gran Invalidez.

Desde el organismo público avisan que no hay un listado oficial de enfermedades que otorguen dicha pensión contributiva sino más bien existen dolencias muy recurrentes por las que el Equipo de Valoración de Incapacidades decide. Como se producen muchos conflictos sobre cuáles sí y cuáles no, se ha efectuado un listado con las cinco enfermedades que, por vía judicial, han terminado otorgándola.

Incapacidad permanente por poliomielitis sufrida de niño

El Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears ha confirmado la sentencia que declara la incapacidad permanente absoluta para un médico afectado por secuelas de poliomielitis desde su infancia. Esta enfermedad, causada por un virus, ha dejado al médico con movilidad reducida, obligándole a usar muletas y enfrentándose a inestabilidad, riesgo frecuente de caídas y dolor crónico.

El caso llegó a los tribunales debido al empeoramiento de la salud del demandante. Inicialmente, un Juzgado de lo Social de Palma falló a favor del médico, declarando su incapacidad permanente absoluta. Ante esta decisión, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) presentó un recurso, argumentando que las limitaciones físicas del médico no le impedían desempeñar su profesión, ya que había continuado estudiando y trabajando.

No obstante, los magistrados del tribunal evaluaron las pruebas y concluyeron que el médico sufría una incapacidad absoluta. En su sentencia, subrayaron la significativa inestabilidad del demandante, su dependencia parcial para las actividades diarias y la necesidad de analgésicos de alto grado para controlar el dolor crónico. Estos factores fueron determinantes para la resolución del tribunal y no fueron refutados de manera convincente por el INSS.

Esta decisión judicial destaca la consideración de las condiciones de vida y trabajo del demandante, reafirmando su derecho a la incapacidad permanente absoluta debido a las severas limitaciones impuestas por su condición médica.

Incapacidad permanente por afecciones osteoarticulares y neurológicas al cargar peso

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha revocado la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que negaba la incapacidad permanente total a una ganadera de 60 años. Esta resolución beneficia a la trabajadora con una pensión vitalicia equivalente al 75% de su base reguladora mensual, fijada en 775 euros.

La afectada, que padece diversas dolencias osteoarticulares y neurológicas, principalmente en la zona lumbar y los hombros, había solicitado la reconsideración de su estado laboral debido a su incapacidad para cargar pesos y la necesidad de medicación fuerte, incluyendo analgésicos opioides.

El TSXG ha reconocido que los problemas de salud de la ganadera le impiden llevar a cabo las tareas requeridas en su profesión de peón de ganadería autónoma. Esta decisión subraya la importancia de evaluar de manera exhaustiva las limitaciones funcionales de los trabajadores y garantizar el acceso a las prestaciones correspondientes cuando su capacidad laboral se ve seriamente comprometida.

Incapacidad permaente por lumbalgia por vender extintores

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha fallado a favor de una trabajadora dedicada a la comercialización de extintores, otorgándole el derecho a una pensión vitalicia mensual.

La beneficiaria, mayor de 55 años, sufría de dolores lumbares y cervicales que le impedían realizar sus tareas laborales de manera eficiente. Estas tareas incluían la carga y descarga de materiales contra incendios y la preparación de los mismos en el taller, actividades que, según la Sala de lo Social del TSJA, requerían un esfuerzo físico considerable.

El fallo del TSJA reconoce la imposibilidad de la trabajadora para continuar con sus labores debido a sus problemas de salud, concediéndole así una pensión vitalicia que le permitirá mantener su sustento.

Incapacidad permanente por el síndrome de ‘burnout’ o del trabajador quemado

Ana, una empleada del aeropuerto de Gran Canaria, ha conseguido el reconocimiento judicial de una incapacidad permanente absoluta debido al síndrome del trabajador quemado, según informó elDiario.es. La mujer, de 56 años, había desempeñado su labor como agente en el aeropuerto durante más de 35 años y desde 2015 acumuló cinco bajas laborales provocadas por episodios de ansiedad y estrés agudo.

El fallo del Juzgado de lo Social número 5 de Las Palmas se sustentó en informes médicos que confirmaron el diagnóstico del síndrome del trabajador quemado, una condición que la Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoció como enfermedad profesional desde 2022. Ana describió su entorno laboral como un espacio con jornadas extensas, altas cargas de trabajo y un ambiente conflictivo, factores que contribuyeron de manera significativa a su situación.

Este caso subraya la creciente importancia de la salud mental en el ámbito laboral y el reconocimiento de condiciones relacionadas con el estrés y el desgaste profesional como enfermedades profesionales. La decisión judicial marca un precedente importante para otros trabajadores que se encuentren en situaciones similares, destacando la necesidad de entornos de trabajo saludables y el apoyo adecuado a los empleados afectados por condiciones laborales adversas.

Incapacidad permanente por una bulimia nerviosa persistente

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha emitido una sentencia que reconoce la incapacidad permanente en grado absoluto a un hombre de 60 años afectado por bulimia nerviosa persistente. El fallo obliga al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a abonar el 100% de la pensión al afectado, lo que equivale a unos dos mil euros distribuidos en 14 pagas anuales, según ha informado RTVE.

La sentencia del TSJCat ratifica la resolución del juzgado de lo Social 2 de Girona, emitida en septiembre del año pasado, y desestima el recurso presentado por el INSS. El tribunal se ampara en el artículo 194.5 de la Ley General de la Seguridad Social, basándose en el extenso historial médico del afectado, quien lleva 18 años padeciendo este trastorno alimentario.

Además de la bulimia nerviosa, el hombre sufre un trastorno depresivo mayor recurrente, que le provoca ataques de pánico, fatiga mental y un notable deterioro cognitivo. A pesar de haber seguido diversos tratamientos, su condición no ha mejorado significativamente.

El tribunal concluyó que las múltiples afecciones que padece el hombre le impiden llevar a cabo cualquier actividad laboral, calificando su incapacidad como absoluta y permanente. Esta decisión subraya la gravedad de su estado de salud y la imposibilidad de que pueda reincorporarse al mercado laboral en el futuro.

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