
El complemento a la infancia es una cuantía extra que puedes solicitar para el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Este complemento de la Seguridad Social está dirigido para luchar contra la pobreza infantil en España. En este sentido, las familias que tengan menores podrán cobrar este extra de hasta 1.400 euros por niño.
Para acceder al complemento a la infancia, es necesario ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, lo que implica no superar un límite de ingresos anuales. Además, los ingresos deben ser inferiores al 300% de la renta garantizada por el Ingreso Mínimo Vital y no se puede superar el 150% de la cuantía de la ayuda correspondiente al tipo de hogar.
Según los últimos datos de la Seguridad Social, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) llegó en mayo a 605.696 hogares en los que viven 1.820.944 personas. De este total, más de 750.000 son menores de edad, lo que representa el 41,2% de los beneficiarios. En cuanto a los beneficiarios del Complemento de Ayuda a la Infancia (CAPI), este mes alcanzan los 413.025 hogares.
Cuantías
El importe del complemento a la infancia varía dependiendo de la cantidad de hijos o hijas y de su edad, hasta un límite de 18 años. Estas son las cuantías actualizadas para 2024 según la edad de cada hijo o hija:
- Menores de tres años: 1.380 euros anuales (115 euros al mes).
- Mayores de tres años y menores de seis años: 966 euros anuales (80,50 euros mensuales).
- Mayores de seis años y menores de 18 años: 690 euros anuales (57,50 euros al mes).
La Seguridad Social aclara que no existe límite en cuanto al número de miembros, pero siempre se deberá respetar el límite del 50% de la cuantía de la ayuda correspondiente al tipo de hogar. Es decir, que si tenemos 2 hijos menores de tres años cobraremos 2.760 euros anuales (230 euros al mes).
Cómo se solicita el complemento a la infancia
Al complemento a la infancia se puede acceder de formas diferentes. La primera es que la Seguridad Social te apruebe la ayuda automáticamente, por lo que en este caso no se debería hacer nada. Las situaciones que puede dar lugar a esta situación son las siguientes:
- En el caso de estar recibiendo el Ingreso Mínimo Vital.
- Si se ha solicitado el Ingreso Mínimo Vital y la solicitud está en proceso.
- Ser beneficiario de Protección Familiar, siempre que los miembros de tu unidad familiar sean los mismos que aparecen en este expediente.
En el caso de no encontrarse en ninguna de estas situaciones, hay que solicitar el Ingreso Mínimo Vital o acudir a una oficina de la Seguridad Social pidiendo cita previa.
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